En lo que llevamos de año, se han producido 9 accidentes mortales en los que se ha visto plicado algún autobús. Asismo, han fallecido 11 personas, una de ellas ocupante de uno de estos grandes vehículos. Por este motivo y ante los desplazamientos de largo recorrido que se producen durante los meses de verano carretera y en autobuses, la Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha una campaña de control de este medio de transte. El cinturón de seguridad, tanto en conductor como en pasajero, será uno de los principales puntos a tener en cuenta durante los 6 días que dura esta operación. Recordemos que no llevarlo es considerado infracción grave con multa de 200 euros.
En 2009, de las 1.903 víctas mortales (datos provisionales a 24 horas) que se produjeron en las carreteras españolas, 18 de ellas iban en autobús, lo que supone menos de un 1% del total. A pesar de eso y durante una semana (del 19 al 25 de julio, coincidiendo con la campaña que lleva a cabo la Organización Internacional de Policías de Tráfico sultáneamente en más de 25 países europeos), los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil controlarán más de 4.000 autobuses y llevarán a cabo inspecciones en este tipo de vehículos y sobre sus conductores.
Los agentes verificarán sobre todo el uso correcto del cinturón de seguridad y otros sistemas de retención en aquellos autobuses que vayan provistos de dicho sistema de seguridad. Hay que destacar que desde octubre de 2007, no se matricula ningún autocar que no vaya provisto de este dispositivo.
Y es que su uso reduce las probabilidades de sufrir lesiones en caso de accidente. Asismo, es especialmente tante durante los vuelcos, que constituyen el tipo de accidente de autocar más severo. Por este motivo, el conductor y los usuarios de este medio de transte están obligados a llevar el cinturón correctamente abrochado, si el vehículo dispone de dicho sistema de seguridad, tanto si se circula vías urbanas como interurbanas. De hecho, no llevarlo es considerado infracción grave y conlleva aparejada una sanción de 200 euros, siendo el ocupante del autocar el responsable de dicha denuncia.
Además, los agentes verificarán las condiciones técnicas del vehículo y comprobarán que la documentación sea la correcta para la prestación del servicio a que se destina. Aquí, se comprobará el tacógrafo, así como los requisitos especiales que debe cumplir el propio conductor en referencia a su permiso o los tiempos de conducción y descanso. Igualmente se les realizarán controles de alcoholemia para comprobar que cumplen la normativa vigente y se vigilará si comenten alguna infracción como exceso de velocidad, invasión del carril ajeno o no mantener la distancia de seguridad.
En este sentido, la DGT recuerda que el incumpliento de los tiempos de conducción o la minoración de los descansos puede ser catalogada como grave o muy grave, en función de que se supere o no el 50% el exceso en los tiempos de conducción o en la minoración de los descansos establecidos en la legislación sobre Transte Terrestre. Asismo, puede llevar aparejada la pérdida de 6 puntos.
En lo que se refiere al alcohol, la tasa máxa de alcohol permitida a los conductores profesionales de autobuses es de 0,3 gramos litro de sangre, o de 0,15 miligramo/litro de aire espirado, tasas equivalentes en las que solo existe diferencia en la obtención de la muestra analizada. Aquí, sistema de Permiso Puntos fija la pérdida de 6 puntos para aquellos conductores profesionales que conducen con tasas superiores a 0,30mg/l y la pérdida de 4 puntos para tasas superiores a 0,15 y hasta 0,30 mg/l.
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