- El Tribunal Supremo ha establecido en el caso de la muerte de Couso que la estrategia bélica denominada ‘de pacto y terror’ sobre personas protegidas en conflicto armado ‘es penalmente putable a quien tenga dominio sobre la dirección de las operaciones bélicas’.
La sentencia, que se ha dado a conocer, anula el sobreseiento decretado la Audiencia Nacional de la causa que investiga la muerte del cámara en plena invasión de Bagdad parte del Ejército estadounidense. La causa se cerró después de que se revocara el procesamiento del sargento Thomas Gibson, el capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip Camp, acusados indiciariamente de provocar la muerte de Couso al disparar contra el hotel desde un carro de combate.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde, considera que, “indiciariamente” ,los hechos “podrían incardinarse en los artículos 611, 608 y 617 del Código Penal (que prevén condenas ataques indiscrinados o excesivos a la población civil, con ocasión de un conflicto armado), así como en determinadas normas del Derecho Internacional Humanitario que se detallan de forma concreta, como es el Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctas de los conflictos armados internacionales, entre las que se cita a los periodistas.
El Supremo destaca además que “hay que tener en cuenta que ni siquiera en acciones bélicas pretendidamente defensivas o de respuesta a agresiones previas reales cabe aplicar circunstancias, como la legíta defensa, cuando quien se convierte en beligerante comete cualquiera de las acciones tipificadas como contrarias al Derecho de la Guerra”, atacando a quien merece la consideración de “personas protegidas”, según los términos de nuestro propio Código Penal.
Por ello, esta que “la estrategia bélica denominada ‘de pacto y pavor’ consistente en actos como el bombardeo sobre personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, en cuanto que la responsabilidad penal esa puramente personal, si bien no puede surgir del mero apoyo político o logístico de acciones bélicas, sí es penalmente putable a quien tenga dominio sobre la dirección específica de las operaciones bélicas”.
La decisión del alto tribunal, que deliberó este asunto a puerta cerrada el pasado 6 de julio, dando a conocer entonces únicamente el fallo, obliga a la Audiencia Nacional a reabrir el caso. Es la segunda vez que ocurre, pues en diciembre de 2006 el Supremo anuló un prer archivo de la causa rechazando que el falleciento pudiera incardinarse en “un acto de guerra”.
En esta ocasión, la familia del cámara de Telecinco había presentado un recurso contra el auto dictado la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 23 de octubre de 2009 que confirmó la conclusión del sumario como consecuencia de haber acordado, unos meses antes, la revocación del procesamiento del sargento Thomas Gibson, el capitán Philip Wolford y el teniente coronel Philip Camp, acusados indiciariamentede provocar la muerte de Couso.
La decisión del Supremo ha sido adoptada unanidad de una Sala integrada los magistrados Joaquín Génez, Perfecto Andrés Ibáñez, Diego Ramos, Manuel Marchena y Francisco Monterde.
EUROPA PRESS