En la Tierra a lunes, diciembre 23, 2024

‘Abusiva’ cesión de la propiedad intelectual en Expansión y Marca

  • La FeSP denuncia una cesión de derechos de autoría ‘aberrantes’ en los medios herederos de la antigua Recoletos, como es el caso de Marca y Expansión. Para la Federación, algunos términos alcanzan ‘rango de vejación de la dignidad de las personas’.

 

La cesión de derechos de Propiedad Intelectual de los medios herederos de la antigua Recoletos es diferente a la puesta en el resto de medios de Unidad Editorial, según apunta la FeSP. Según ha podido comprobar prnoticias, la clausula de Propiedad Intelectual recogida en el últo Convenio de Expansión, suscrito el pasado 13 de mayo, es exactamente igual a la incluida en el Convenio del diario Marca. Sin embargo, es más estricto que en el caso de El Mundo.

 

A nivel general, en el Convenio Colectivo de El Mundo se recoge que los derechos de explotación se ceden en exclusiva a la empresa en el momento de entrega en virtud de la relación laboral. Según el mismo, las ataciones gráficas o fotográficas también se consideran información. Por últo se tiene en cuenta el derecho de paternidad en algunos casos, de manera que se tendrá que respetar la obra y no se podrá modificar. En esta caso las normas se atienen a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1/1996, de Propiedad Intelectual.

 

En el caso de Expansión y Marca se especifica que los trabajadores cederán en exclusiva los derechos de propiedad intelectual de carácter patronial de las obras que cree durante la vigencia el contrato, así como el derecho de distribución de la misma (venta, alquiler, etc.), de comunicación pública y de transformación (traducción, adaptadción, etc.).

 

Pero además se especifica que esta cesión tiene ámbito mundial, que la empresa ostenta los derechos tanto para el ejercicio de su actividad habitual como para cualquier otra, que la empresa puede ceder o licenciar los derechos a terceros ( ejemplo la empresa Veo 7 podría explotar todas las obras de Expansión y Marca, cosa que no ocurre en el caso de El Mundo), que si los trabajadores quieren explotar sus obras necesitan la autorización de la empresa para cada caso concreto, y últo que la compensación de esta cesión de los derechos queda comprendida en el salario de los trabajadores.

 

Estas mismas condiciones se intentaron poner a los trabajadores de El Mundo, pero el comité de empresa no aceptó incluirlas en el Convenio. Por todo ello desde la FeSP consideran esta cesión de los derechos ‘aberrante’ y opinan que muchos de sus términos serían totalmente revocados si terciara, en algún momento, la demanda de algún trabajador, ya que alcanzan ‘rango de vejación a la dignidad de las personas’.

 

Seguiremos informando…

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