En la Tierra a domingo, diciembre 22, 2024

El CAC contra las críticas por el control de los bloques electorales

  • Los periodistas de los medios públicos catalanes han hecho pública su crítica a la posición de los bloques electorales sobre su criterio periodístico. El CAC se ha mostrado contrario a que los profesionales den más tancia a su protesta que a la propia información sobre las elecciones catalanas.

 

Con motivo de las elecciones catalanas, los periodistas de los medios públicos TV3, TVE en Cataluña, Barcelona TV y Catalunya Ràdio protestaron en antena la posición de los bloques electorales sobre su criterio periodístico. El Consejo Audiovisual de Cataluña critica que durante los cinco preros días de campaña electoral ‘el tiempo de noticia de las protestas de los periodistas suman 8 minutos y 47 segundos en TV3, 3 minutos y 13 segundos en el 3/24, 1 minuto y 25 segundos en TVE en Cataluña y 1 minuto 46 segundos en Barcelona TV, y se sitúa a poca distancia, y en algún caso claramente enca, del tiempo dedicado a algunos partidos’. A esto hay que sumar las referencias que se hicieron en distintos magacines.

 

‘Los periodistas están consiguiendo más notoriedad que las actividades y propuestas electorales de los partidos que concurren a las elecciones’ apuntan desde el CAC. Además, opina que la reiteración de la protesta hace que ‘a los ojos de las personas telespectadoras planee la sombra de la sospecha sobre la calidad de la información de los medios públicos durante los periodos electorales’.

 

El CAC defiende que no haya rigidez en los bloques electorales, que se apliquen criterios periodísticos manteniendo la equidad y que se de cabida a los grupos extraparlamentarios, pero también recuerda que hay que cumplir la Ley Electoral. De este modo señala que los medios públicos tienen una especial responsabilidad en el cumpliento de esta Ley y en el fomento de la pluralidad y el rigor, enca de la cláusula de conciencia.

 

‘Si bien es cierto que en el ámbito de los medios privados los profesionales de la información se encuentran protegidos en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión y de información, en especial mediante la denominada cláusula de conciencia, en el caso de los medios públicos existen una serie de elementos legales e institucionales que enmarcan necesariamente la actividad de los y las profesionales a su servicio. En este sentido, la asunción del papel institucional que corresponde a los medios públicos, la interiorización y el cumpliento de las misiones de servicio público, así como la ejecución de las decisiones y directrices que emanan de los órganos legalmente encargados de hacerlo (que, además, tienen legitidad parlamentaria y democrática) constituyen, en cualquier caso, deberes que inexcusablemente deben guiar el comtamiento de los y las profesionales más allá de sus posiciones y de sus puntos de vista’ defiende el CAC.

 

Esta declaración no ha sentado bien al Sindicato de Periodistas de Cataluña que las califica de ‘desafortunadas’. ‘Celebramos que el CAC reconvenga a la Junta Electoral Central (JEC) sobre su doctrina restrictiva referida a los bloques, pero hace tiempo que la Autoridad Audiovisual hubiera tenido que romper el cordón umbilical con la falsa teoría que los bloques derivan de la Ley Electoral, la LOREG, y reafirmar sin condiciones el principio constitucional a la libertad de información’ señalan desde el SPC.

 

Seguiremos informando…

 

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