En la Tierra a sábado, noviembre 23, 2024

La número dos de Tomás Gómez condenada a 8 años de inhabilitación

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ACTUALIZADA Trinidad Rollán ha sido condenada el TSJM a  8 años de inhabilitación un delito de prevaricación cuando era alcaldesa de Torrejón de Ardóz. La sentencia no es firme y los socialistas han asegurado que la recurrirán, pero si finalmente el Supremo ratifica esta sentencia, Rollán no podrá ostentar ningún cargo público en la próxa legislatura.

 

La número dos de Tomás Gómez, Trinidad Rollán, se enfrentó durante el mes de diciembre a un juicio votar a favor de un proyecto urbanístico, cuando era alcaldesa de Torrejón de Ardón, entre el ayuntamiento y Patronio Siglo XXI para la construcción de viviendas sociales. La sentencia que conocíamos ayer recoge que la entonces alcaldesa cometió un delito de prevaricación, ya que votó a favor del proyecto a pesar de los informes en contra que había presentado el secretario municipal. Aunque la número dos de Gómez aseguró durante el proceso quel en ningún momento tuvo constancia de que se hubiera realizado un informe contrario a la legalidad del acuerdo.

 

Rollán se enfrenta a 8 años de inhabilitación, un duro varapalo para el PSM a falta de algo más de cuatro meses para las elecciones regionales. Sin embargo, en las declaraciones que Tomás Gómez dio ayer a la prensa quiso restar tancia a la sentencia y centrar el foco de atención a que no habla en ningún momento de corrupción.

 

Junto a la segunda de Gómez están acusado una decena de concejales de la época. Por lo que el tribunal ha puesto la misma pena a Francisco Martín Rojas y a Valentín Gómez Morán, y ha inhabilitado durante siete años a Esperanza Rozas; Francisco Martín Rojas; Julia López Jénez; María del Mar González Romero; Josefina Ginovart Amorós; María de los Desamparados Gallego Alfaro; y Francisco Montero Almirón, putados en la causa, según ha informado hoy el presidente del tribunal, Francisco Javier Vieira, según recoge la agencia.

 

La sentencia, de la que ya hemos podido conocer más datos, explica que el pleno aprobó un convenio ‘tendente, entre otros extremos, a la enajenación de ciertos terrenos de propiedad municipal que tenían consideración jurídica de bienes patroniales’, y recoge que la enajenación de este tipo de bienes debe hacerse a través de subasta pública’, es decir, concurso y no se hizo así. ‘Se trató, en fin, de una forma de proceder que esta sala debe considerar como una farsa pseudojurídica inconsistente, burda, clamorosa y, en suma, esperpéntica’, recoge la sentencia.

 

Además el Tribunal da validez al informe del secretario municipal del 23 de noviembre de 2001 en el que se indica que ‘no puede existir permuta si no existe una reciprocidad de dar y recibir una cosa’.

 

A pesar de que ayer lo único que pudos escuchar son unas breves declaraciones, sin preguntas, de Tomás Gómez, hoy los concejales darán una rueda de prensa en Torrejón de Ardón para opinar sobre la sentencia.

 

Antes de conocer el dictamen de los Tribunales, a finales del mes de diciembre, Trinidad Rollán dejó uno de sus cargos públicos como tavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardón, del que fue alcaldesa hasta 2007. Quizás una de las causas que le llevó a dejar el cargo era el miedo a esta sentencia. A pesar de las especulaciones y de la cercanía de las fechas en las que ocurrió todo,  el partido aseguraba que esto no tenía nada que ver con el juicio y que respondía a la pretensión de alcanzar la máxa ‘proyección en estos meses ya no sólo como candidato sino como tavoz’ de José Vicente Espino, su sustituto en el cargo y candidato a la alcaldía.

 

Seguiremos Informando…

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