Un informe del Congreso de los Diputados lita de manera explícita las competencias del Consejo de Administración de RTVE. En el texto se advierte que el Consejo no puede asumir las funciones específicas del Presidente renunciado. Entre estas competencias se encuentra la facultad de intentar acceder al sistema informático de edición de noticias.
Según el informe, al que ha tenido acceso prnoticias, la Cámara considera que el acuerdo alcanzado el Consejo de Administración para la adopción de las competencias de Alberto Oliar es legal y que aprobar una presidencia rotatoria se ajusta a la legislación vigente.
Del mismo modo reconoce que el Presidente del Consejo en calidad de representante del mismo puede ejercer las funciones de comparecencia ante el Parlamento y que puede ejercer como representante de la sociedad. No obstante, advierte que hay determinadas funciones operativas y de representación que son exclusivas del Presidente de la Coración y que no son subrogables al Presidente del Consejo ni al Consejo de Administración.
El informe indica que determinadas competencias del Presidente de la Coración, al ser propias del mismo, sin más, ‘no son susceptibles de ser atribuidas al Consejo de Administración, pues la delegación u otra forma de transferencia de ejercicio de las competencias del Presidente, como Presidente de la Coración, no están previstas, ni puede entenderse que estén autorizadas’.
El documento explica además que del acuerdo de presidencia rotatoria se entiende ‘que excluye en todo caso el ejercicio de competencias legales o estatutarias propias del Presidente de la Coración RTVE’. Entre estas funciones se encuentra la supervisión editorial de sus cadenas de Radio y Televisión y tanto dice plícitamente que el Consejo no tiene facultades para intentar controlar el sistema de edición de noticias de TVE, una decisión, finalmente revocada, que casó el revuelo de toda la profesión periodística hace dos semanas.
SOBRE LAS SIETE DE LA TARDE, El Consejo ha emitido un comunicado respondiendo a este informe, el cual citamos íntegramente a continuación.
‘El Consejo de Administración de la Coración RTVE ha tenido a las 14:30 horas de hoy conociento los medios de comunicación del informe elaborado la Secretaría General del Congreso de los Diputados sobre la conformidad a Derecho de los acuerdos adoptados este Consejo el 20 de julio de 2011 ante la situación de vacante creada en la Presidencia de la Coración.
Sin perjuicio de que el Consejo estudiará detenidamente el contenido y alcance del informe, así como la posibilidad de solicitar al Congreso ulteriores aclaraciones sobre el mismo si fueran necesarias, de una prera lectura se deduce que el informe no contradice en modo alguno los señalados acuerdos, sobre los que mostraron su satisfacción las principales fuerzas políticas.
Así, sobre la cuestión relativa al estableciento de una Presidencia rotatoria del Consejo de Administración, el informe afirma su plena conformidad a la normativa vigente. Y sobre lo relativo a la asunción colegiada el Consejo de las competencias propias de la Presidencia ejecutiva el informe excluye “el ejercicio de competencias legales o estatutarias propias del Presidente de la Coración RTVE” si bien afirma que “es cierto que la redacción de los textos relativos a las competencias del Consejo de Administración y del Presidente de la Coración hace difícil que no exista algún tipo de concurrencia competencial que permita al Consejo ejercer una amplia lista de funciones ejecutivas, funciones a las que puede entenderse referida la referencia del Acuerdo del Consejo a la reasunción del control ejecutivo”.
Por últo, el Consejo de Administración recuerda una vez más la necesidad de que las Cortes Generales nombren un Presidente de la Coración’.
Seguiremos Informando…