En la Tierra a lunes, 13 mayo, 2024

La participación de psiquiatras en juicios no debe deteriorar la relación terapéutica con pacientes

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En los últos años, los psiquiatras reciben cada vez más citaciones para acudir a los Tribunales de Justicia. En este sentido, ha aumentado el número de pleitos y, en parecida proción, el número de ellos en los que la opinión de un psiquiatra es tante para el resultado, algo consecuente con una sociedad como la nuestra, caracterizada la avidez de noticias, la reivindicación de transparencia sobre los asuntos que preocupan a la mayoría y la tendencia a recurrir a la Administración de Justicia para resolver los conflictos.

 

Hasta hace poco tiempo, sólo unos pocos psiquiatras participaban en los juicios y lo hacían en calidad de peritos médicos, bien que fueran designados el juez o bien que alguna de las partes en litigio lo contratara. “La complejidad de la patología psiquiátrica y la ausencia de especialistas entre los médicos forenses creaba las condiciones para dicha práctica, regulada tanto legalmente (Ley de Enjuiciamiento Crinal, artículos 456 a 485; y Ley de Enjuiciamiento Civil, artículos 335 al 352) como deontológicamente (Capítulo XVII: Médicos Peritos, del Código de Deontología Médica de 2011)”, explica el doctor Alfonso Sanz Cid, miembro de la Comisión de Psiquiatría Legal de la Asociación Española de Psiquiatría Privada (ASEPP). “La cuestión preocupante es que, mientras el encargo de pruebas periciales a los psiquiatras ha crecido relativamente, ha sido exponencial el creciento de las citaciones como testigo y, más recientemente, como testigoperito”.

 

En este marco, las expectativas del psiquiatra son “que su exposición aclare la cuestión jurídica sin tener que entrar en explicaciones splistas y opiniones maniqueistas (blanconegro, buenomalo, todonada); y, sobre todo, que la declaración no suponga el deterioro de la privilegiada relación terapéutica, en la que es fundamental el secreto profesional y que le permite ayudar al paciente y/o tener que afrontar con posterioridad una demanda o denuncia deontológica la parte que pueda haberse sentido perjudicada”. En este sentido, tal y como se ha puesto de manifiesto durante el Taller “La peritación psiquiátrica: de lo legal y lo ético; figura del testigo perito”, celebrado en el VI Congreso Nacional de Psiquiatría Privado, celebrado recientemente en Sitges (Barcelona), el psiquiatra se enfrenta a los juicios con el temor a perder al paciente y/o deteriorar el prestigio profesional, afrontando reclamaciones o demandas. En dicho Taller, se han revisado los preceptos éticos del psiquiatra relativos al deber de secreto, a la obligación de ser discreto cuando informa y haciéndolo sólo cuando tenga que hacerlo y en los justos límites (datos necesarios y relevantes). Además, se ha tratado sobre la obligación de todo ciudadano de auxiliar a la justicia bien como testigo, bien como perito, para que la misma sea lo más adecuada o apropiada a cada caso, así como sobre la diferencia entre el ejercicio como testigo ante un tribunal, obligación genérica de todo ciudadano, y el ejercer como perito.

 

A este respecto, el doctor Sanz Cid destaca “la dificultad y contrariedad en la que se encuentra el psiquiatra cuando el Código Deontológico recuerda al profesional que no debe ejercer como perito en aquellos asuntos relativos a pacientes a los que trata, frente a la jurisprudencia en la que se llega a apoyar la figura del peritotestigo e incluso es realzado su valor frente a cualquier otro testigo”. Y es que cuando es citado en un procediento judicial en el que esté plicado un paciente, al psiquiatra se le plantea un conflicto: la pugna entre el deber de secreto profesional y el deber de auxilio a la Justicia. “Frente a ese conflicto estamos solos –añade este experto. Nadie más puede decidir nosotros y la ayuda que podemos recibir es mína, ya que tampoco podemos participar la información de que disponemos si solicitamos consejo”.

 

La Comisión de Psiquiatría Legal de ASEPP pretende asesorar y formar a los psiquiatras asociados en los aspectos legales y deontológicos del ejercicio profesional. Está formada los doctores Manuel Masegoza (Sevilla), Blanca Morera (San Sebastián), Alfonso Sanz (Barcelona) y Fernando Sopesens (Zaragoza) y realiza su cometido mediante notas a los asociados, a través de la correspondiente sección en la página web de ASEPP y mediante Cursos y Talleres, como el celebrado en el reciente VI Congreso Nacional de Psiquiatría Privada.

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