El Tribunal Supremo ha confirmado que la pugnación del despido colectivo llevado a cabo en RTVV es competencia de la Sala de lo Social de Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Lo mismo ocurrió en el caso de Telemadrid, cuyo tribunal homólogo autonómico resolvió como procedente el ERE, pero respecto a sus condiciones no en cuanto a la readmisión de los 861 trabajadores despedidos.
El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que afectó a los medios públicos valencianos (RTVV) y posteriormente pugnado será juzgado finalmente la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Así lo ha considerado el Tribunal Supremo de dicha comunidad y se fundamenta ‘en que el proceso de despido colectivo pugnado extiende sus efectos a un ámbito territorial no superior al de una comunidad autónoma’.
En el caso del ERE de Telemadrid que supuso 861 despidos las demandas también fueron juzgadas la Sala de lo Social de Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid. El órgano declaró el pasado nueve de abril procedente el Expediente al considerar que ‘no es ajustado a derecho’. En la práctica los ex trabajadores deberían recibir indemnizaciones de 45 días y no de 20 año trabajado, pero no suponía su readmisión. Esta sentencia ha sido recurrida y todavía no existe resolución al respecto.
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