El Tribunal europeo de Justicia archivó ayer, 26 de agosto, el recurso de incumpliento interpuesto la Comisión Europea contra España presunta infracción de la Directiva 2002/20, sobre Autorizaciones. En principio esto significaría que TVE no necesitaría financiación adicional ni la vuelta de la publicidad como se ha venido especulando desde la propia Coración.
De esta manera, desde la Unión Europea se da ajustada a derecho la financiación de la radiotelevisión pública española que, al igual que la francesa, había sido puesta en cuestión la Comisión Europea. ‘Vistas las silitudes entre uno y otro modelo, se ha entendido que la motivación de la sentencia para el caso francés es igualmente aplicable al español’, indican.
En relación con las costas procesales, el auto dictado la Sala Segunda del Tribunal de Justicia de Europa, ha recordado que, con arreglo al Reglamento de Procediento, y dado que ninguna de las partes había solicitado la condena en costas, cada parte habría de cargar con sus propias costas. De tal modo, sigue el auto, ‘procede decidir que la Comisión y el Reino de España carguen con sus propias costas’.
En virtud de todo lo expuesto, concluye el Tribunal, se archiva el procediento iniciado en 2011 la Comisión Europea contra el Reino de España la financiación de RTVE, condenando a las partes la Comisión y el Reino de España a cargar con sus propias costas, al igual que ocurrió silitud con los casos de Hungría y Francia.
VÍA: TVE