En la Tierra a lunes, diciembre 23, 2024

FARMAINDUSTRIA estrena Código de Buenas Prácticas con mayores exigencias en promoción de fármacos

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Los Órganos de Gobierno de FARMAINDUSTRIA han aprobado un Nuevo Código de Buenas Prácticas, un texto que, en materia de promoción de medicamentos de uso humano, cubre todos los métodos promocionales de fármacos de prescripción. Otra de las principales novedades es que transparentará las relaciones de los laboratorios con profesionales y organizaciones sanitarias con la publicación anual de las transferencias de valor que realicen las compañías farmacéuticas a dichos colectivos actividades de investigación y desarrollo, actividades formativas y reuniones científicoprofesionales, así como donaciones y prestación de servicios.

 

 

Desde este mes de enero, la industria farmacéutica en España se rige un nuevo Código de Buenas Prácticas con el que se transpone la normativa de la Federación Europea de Asociaciones de la Industria Farmacéutica (EFPIA) y se alinea el sistema español de autorregulación con el resto de sistemas existentes en Europa en materia de promoción de medicamentos de prescripción e interrelación con profesionales y organizaciones sanitarias.

 

El nuevo Código de la Industria Farmacéutica en España, además del Código EFPIA (aprobado el pasado mes de junio), recoge en un único texto el Código de Buenas Prácticas de Promoción de Medicamentos y de Interrelación de la Industria Farmacéutica con Profesionales Sanitarios, y el Código de Buenas Prácticas de Interrelación con las Organizaciones de Pacientes, vigentes hasta ahora en nuestro país.

 

Con él se pone de manifiesto el compromiso de este sector con mayores niveles de exigencia ética y de responsabilidad en las actividades de promoción de medicamentos de prescripción y en las relaciones que la industria farmacéutica innovadora mantiene con profesionales y organizaciones sanitarias, así como con las organizaciones de pacientes.

 

El nuevo Código cubre todas las formas de promoción del medicamento: prensa y publicidad directa correo, las actividades de los empleados del laboratorio, Intet, la utilización de materiales audiovisuales tales como películas, vídeos, sistemas de almacenamiento de datos y otros que pudieran surgir en el futuro.

 

También cubre la interrelación entre las compañías farmacéuticas con profesionales y organizaciones sanitarias, incluyendo el patrocinio de congresos científicos y de reuniones de carácter profesional o científico, el ofreciento de muestras y hospitalidad, y las derivadas de acuerdos de investigación (ensayos clínicos, estudios) o de otro tipo de acuerdos (colaboración, consultoría, etc.). Igualmente cubre todas las formas de interrelación entre las compañías farmacéuticas y las organizaciones de pacientes.

 

Desde FARMAINDUSTRIA recalcan que el cumpliento de los principios que recoge este Código permite asegurar que la información procionada en el marco de la promoción de los medicamentos de prescripción, es completa, inmediata y veraz, todo ello en beneficio tanto de los intereses de la Administración sanitaria, como de la propia industria farmacéutica y en aras de la protección y mejora de la salud pública. Las actividades o los materiales vinculados a la promoción, así como las interrelaciones con los profesionales y organizaciones sanitarias y las organizaciones de pacientes deberán contribuir, su contenido o naturaleza, a potenciar la confianza en la industria farmacéutica.

 

Seguiremos informando…


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