La Empresa Municipal de Transportes de Madrid ya permite el acceso de perros guía o de asistencia para usuarios con ciertos tipos de discapacidades o enfermedades que precisan la compañía de estos animales en el transporte público. Esta autorización se enmarca dentro de la ley general que la Comunidad de Madrid publicó en el BOCAM el pasado 13 de marzo.
La Ley 2/2015, de 10 de marzo, de Acceso al Entorno de Personas con Discapacidad que Precisan el Acompañamiento de Perros, que acaba de entrar en vigor en la Comunidad de Madrid, se dirige de forma amplia a aquellas personas que, por su discapacidad o enfermedad concreta, requieran el acompañamiento de un perro de asistencia.
La nueva legislación tiene por objeto regular el reconocimiento de la condición de ‘perro de asistencia’, y establecer los derechos y obligaciones de los usuarios, de forma que se garantice a las personas con discapacidad el derecho de acceso al entorno en todo el territorio de la Comunidad de Madrid cuando vayan acompañados por estos animales.
Los adiestradores también podrán acceder a los autobuses a fin de entrenar o formar a los perros para que presten un servicio adecuado a los futuros usuarios.
Los viajeros acompañados por estos perros de asistencia deben portar la documentación acreditativa, es decir, un carné donde figuren el propio usuario y el animal vinculado, así como el distintivo identificativo para el perro, aparte de la cartilla veterinaria oficial correspondiente.
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