La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) acaba de comunicar oficialmente la autorización de la integración entre Telefónica y Digital Plus. Nueve meses después del acuerdo entre las dos partes el regulador ha puesto condiciones en tres grandes bloques: mercado de televisión de pago; mercados de comercialización mayorista de contenidos y de canales; y condiciones de acceso a la red internet de Telefónica.
Los compromisos tendrán una vigencia de cinco años, aunque este periodo podría prorrogarse por tres años más. En contenidos, uno de los puntos que ha generado mayor debate, el regulador ha decidido que la operadora debe poner a disposición de sus competidores el 100% de sus canales Premium, de los cuales cada competidor tendrá derecho a emitir el 50%, en unas condiciones que deben garantizar que las ofertas minoristas de Telefónica que incluyan dichos canales sean replicables.
Los contenidos premium a los que se refiere el regulador son aquellos que cuenten con contenido de estreno en exclusiva de las llamadas Majors o eventos deportivos en directo de la Liga de Primera División de fútbol, Copa de S.M. el Rey de fútbol, Champions League, Europa League, Campeonato del Mundo de Fútbol, Campeonato Mundial de Baloncesto, Fórmula 1, Moto GP y los Juegos Olímpicos.
La explotación en exclusiva de los contenidos que adquiera Telefónica queda limitada a dos años y a determinados tipos de ventanas de emisión, mientras que otras ventanas la entidad resultante no podrá adquirir contenidos en exclusiva. Asimismo, por norma general Telefónica no podrá adquirir derechos exclusivos de emisión que no vaya a explotar. Además, la entidad resultante deberá limitar a tres años la duración de sus contratos de adquisición de contenidos y renunciar a los derechos de adquisición preferente.
En relación a los compromisos relacionados con el mercado de televisión de pago en España Telefónica se compromete a no entorpecer la movilidad de sus clientes actuales y futuros de televisión de pago con el establecimiento de limitaciones a las políticas de permanencia y retención de clientes. Concretamente, tramitará las solicitudes de baja de sus clientes en un período limitado de tiempo (máximo de 15 días para clientes de servicios no empaquetados, por ejemplo); renunciará a la exigencia y aplicación de cláusulas de permanencia bajo determinadas circunstancias, y no realizará prácticas de recuperación de determinados tipos de clientes durante un periodo limitado de tiempo (dos meses) desde la solicitud de baja.
Telefónica se compromete también a asegurar el mantenimiento y cumplimiento íntegro de los contratos vigentes de Digital Plus (DTS) con otros operadores de comunicaciones para que distribuyan su oferta de televisión por satélite, hasta que finalice la vigencia de los actuales contratos. Una vez vencido el término del contrato deberá prorrogar este servicio durante un plazo de seis meses, renunciando también a realizar ventas activas a los clientes que contrataron este servicio con operadores intermediarios.
Los compromisos relacionados con el acceso a la red de internet de Telefónica indican que la operadora se compromete a prestar un servicio de acceso a su red de internet en España con capacidad y garantías de calidad suficientes a terceros operadores. Telefónica garantizará al menos tres rutas de acceso a su red de internet cuya congestión no podrá superar el 80%. Además, Telefónica se compromete a no llevar a cabo técnicas de gestión de red y tráfico en España que puedan degradar de forma discriminatoria el flujo de datos de video o similar de terceros a través de su red de Internet.
La operación fue notificada a la CNMC el 17 de octubre de 2014, y previamente había sido reenviada a España por parte de la Comisión Europea mediante decisión adoptada el 22 de agosto de 2014. El 12 de noviembre de 2014 se inició la segunda fase de procedimiento. El 25 de febrero de 2015 Telefónica presentó una propuesta de compromisos dirigida a resolver los obstáculos para mantener la competencia efectiva derivados de la operación de concentración.
En el marco de la tramitación Telefónica ha ido modificando su propuesta inicial, hasta que el 14 de abril de 2015 ha presentado la cuarta versión definitiva, que la CNMC ha considerado adecuada para autorizar la concentración.
La operación que se aprueba consiste en la adquisición por parte de Telefónica del control exclusivo de DTS, mediante la compra del 56% del capital social en manos de Prisa, que se sumaría al 44% ya controlado por la adquirente. La decisión adoptada por el Consejo de la CNMC será firme en vía administrativa en el plazo de 15 días hábiles, salvo que el ministro de Economía y Competitividad, de forma excepcional, decida elevarlo al Consejo de Ministros para analizar la operación en términos ajenos a la competencia.
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