En la Tierra a lunes, noviembre 18, 2024

Competencia abre expediente a ‘Sálvame Naranja’ por vulnerar el horario protegido

La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha abierto un nuevo expediente al programa de Telecinco ‘Sálvame’ por vulnerar nuevamente el horario de protección al menor con contenidos inapropiados. El procedimiento se ha abierto a ‘Sálvame Naranja’ el programa que en teoría se había creado para diferenciar estos contenidos y respetar sus horarios de acuerdo a la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). La cadena arriesga una multa que van desde 100.001 a 500.000 euros.

La CMNC envió un requerimiento a Telecinco el pasado diciembre de 2014 para que efectuase una correcta adecuación de la calificación por edades de los contenidos del programa ‘Sálvame diario’, un espacio duramente cuestionado por incluir contenidos inapropiados de acuerdo a Ley Audiovisual. Esta ley establece franjas específicas de protección al menor durante la tarde, horarios que coincidían muchas veces con los contenidos más cuestionados del programa.

Después de este requerimiento Mediaset modificó la calificación del programa (era ‘no recomendado para menores de 7 años’) dividiéndolo en dos partes: ‘Sálvame limón’ hasta las 17 horas, y ‘Sálvame naranja’, desde las 17 horas hasta su finalización. La primera parte está calificada como ‘no recomendado para menores de 12 años’ y la segunda como ‘no recomendado para menores de 7 años’, ya que de 17 a 20 horas es la franja de protección reforzada.

Pese a esto, y tras ocho meses de funcionamiento, la CNMC ha constatado que Mediaset, en su canal Telecinco, ha podido vulnerar el artículo 7.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), al haber emitido en el programa ‘Sálvame Naranja’ del día 9 de junio de 2015, en la franja de protección reforzada, escenas e imágenes cuyos contenidos no se adecuarían a la calificación dada por el operador como no recomendada para menores de 7 años. Para la CNMC este hecho se considera una infracción grave y podría suponer la imposición de una multa entre 100.001 hasta 500.000 euros.

Como en todos los procedimientos de la CNMC la apertura de este expediente no significa que se vaya a sancionar a la cadena. Es por ello que se abre un periodo de seis meses para la instrucción del expediente. Mediaset tiene quince días para plantear sus alegaciones.

Multa a Atresmedia por superar el tiempo de emisión de publicidad

La CNMC también ha sancionado a Atresmedia con 66.221 euros al haber superado en su canal Antena 3 TV los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). Las infracciones -de carácter leve- detectadas en Antena 3 TV tuvieron lugar en noviembre y diciembre de 2014. Contra esta decisión, Atresmedia podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

Seguiremos Informando…

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