En la Tierra a lunes, noviembre 18, 2024

A.M.A. celebra su Taller en el 22º Congreso Nacional de Derecho Sanitario

Seis de cada diez reclamaciones judiciales contra profesionales sanitarios se hacen por vía penal, pero solo tres de cada cien acaban con una sentencia condenatoria. Sobre esa estadística, Raquel Murillo, subdirectora general y directora del Ramo de Responsabilidad Civil de A.M.A., ha defendido que ‘la mayoría de reclamaciones judiciales contra profesionales sanitarios no deberían ser penales’, aunque también valoró que la última reforma del Código Penal no ayudará demasiado a corregir la actual distorsión.

Raquel Murillo hizo estas declaraciones durante el Taller de Trabajo ‘Responsabilidad penal de los profesionales sanitarios tras la reforma del Código Penal’, que A.M.A., la Mutua de los Profesionales Sanitarios, ha organizado en el vigésimo segundo Congreso Nacional de Derecho Sanitario.

En un salón de actos abarrotado durante toda la jornada, la subdirectora general de A.M.A., destacó que obligar a los profesionales sanitarios a sufrir un procedimiento penal, aunque casi nunca venga acompañado de una condena, ‘sí acarrea consecuencias no jurídicas para el profesional, como son la afectación psicológica y el miedo a una inhabilitación profesional’.

Dijo también que la ley orgánica 1/2015, de reforma del Código Penal, ha eliminado las faltas en el ejercicio profesional sanitario, si bien las sustituye por varios supuestos de imprudencia menos grave que podrían acarrear antecedentes penales y mayores sanciones, aunque no fuera ese el espíritu del legislador. Recordó además que las faltas solo representaban el 7% del total de reclamaciones en vía penal, y consideró prematuro sacar conclusiones sobre su desaparición hasta que los tribunales interpreten y fijen sanciones sobre la nueva doctrina de las infracciones menos graves.

Raquel Murillo repasó también otras novedades de la reforma del Código Penal para el colectivo sanitario, como el refuerzo del delito de intrusismo o la delimitación de responsabilidad penal para personas jurídicas. Citó también la consideración de atentado a las agresiones o amenazas sufridas por funcionarios sanitarios, figura que ha generado un amplio debate por excluir a los médicos privados de dicha protección reforzada.

En el Taller de A.M.A. ha participado también Eduardo Torres Dulce, ex fiscal general del Estado, que consideró especialmente confusa la actual reforma, que, a su juicio, viene a agravar las excesivas modificaciones que suelen hacerse en nuestro país al Código Penal. Torres cree que la jurisprudencia penal sobre profesionales sanitarios debería circunscribirse a imprudencias, negligencias y mala praxis, siempre desde la óptica de la lex artis y una adecuada sistemática en torno al consentimiento informado.

José Manuel Maza, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, coincidió en que la actual reforma es demasiado confusa, ya que, al despenalizar penalmente las faltas, podría parecer que algunas se pueden recuperar como imprudencia menos grave. Al margen de esas hipótesis, el magistrado creyó que, en adelante, la prioridad jurisdiccional debería ser evitar la llamada ‘pena de banquillo’ que sufren muchos profesionales sanitarios. ‘Un juez instructor puede admitir una denuncia penal, que al final se archivará o se considerará mera falta, pero mientras tanto hay un coste tremendo en términos de victimización procesal que el profesional sufre durante dos o tres años’, valoró. Apuntó como posible solución un mayor peso de la mediación como vía para resolver buena parte de esas cuestiones.

Antonio del Moral, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, apuntó que la actual reforma del Código Penal elevará ligeramente las penas por el delito de intrusismo en profesiones sanitarias cuando haya uso público de la profesión suplantada y esta se ejercite en un establecimiento abierto al público. Señaló también cierto carácter innovador en el nuevo delito de atentado por agresiones a funcionarios sanitarios, que vinculó a la recuperación del principio de autoridad.

Cerró la jornada Miguel Bajo, catedrático de Derecho Penal. Interpretó que, en la presente reforma, el legislador marca como claro objetivo reducir la elevada litigiosidad de los juzgados penales. Con esa premisa, el catedrático cree que la desaparición de las faltas del Código Penal debe entenderse así, y que las imprudencias leves deberían trasladarse en lo sucesivo exclusivamente al ámbito civil. En todas estas cuestiones también recomendó asignar mayor protagonismo a los pactos extraprocesales entre representantes de víctimas y compañías de seguros, porque serían una fórmula útil para alcanzar acuerdos.

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