La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha abierto un expediente sancionador contra Mediaset por emitir publicidad de bebidas alcohólicas dentro del horario protegido. Concretamente, los anuncios se emitieron durante los meses de julio y agosto de este pasado verano en varias de las cadenas del grupo: Telecinco, Cuatro, Divinity, FDF y Energy.
Por el momento no se ha desarrollado ninguna multa contra Mediaset, ni Competencia ha hecho público cuáles son los programas que se han saltado las normas. Lo que sí se conoce es que estos cinco canales de Mediaset se han saltado el artículo 18 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual. Esto conlleva que se han emitido anuncios de bebidas alcohólicas inferiores a 20 grados –ya que las que superan esta cifra están totalmente prohibidas- dentro del horario protegido. La emisión de este tipo de anuncios está permitida únicamente entre 20.30 y 06.00 horas.
En concreto, el artículo al que se refiere este expediente puntualiza que ‘está prohibida la comunicación comercial que fomente comportamientos nocivos para la salud’, y ‘la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas con un nivel inferior a veinte grados cuando se emita fuera de la franja de tiempo entre las 20.30 horas y las 06.00 horas del día siguiente, salvo que esta publicidad forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir’.
La incoación de este expediente no ha generado ninguna multa, por el momento. Sin embargo, Competencia dispone de seis meses para dictar una resolución sobre el tema. Además, Mediaset tiene un plazo de quince días para presentar alegaciones.