En la Tierra a domingo, noviembre 17, 2024

Cuidado con lo que tuiteas en la jornada de reflexión

La jornada de reflexión, el día antes de unas elecciones, son un día en el que la Junta Electoral está muy pendiente de todo lo que ocurre en las mesas de votación, entre los apoderados, vocales y presidentes. Así como lo que hacen o dicen los políticos y, también, lo que hacen o dicen los medios de comunicación. La ley no permite hacer ningún tipo de propaganda y, no cumplirlo, tiene multa.

Entre tanto en lo que fijarse no hay muchas opciones de mirar lo que por las redes sociales se publica desde perfiles particulares pero, en caso de que lo hicieras, también hay castigo. Cierto es que la ley es ambigua y que perseguir a un tuitero por hacer un meme o por subir un vídeo en YouTube no es nada rentable en cuanto a recursos y en cuanto a tiempo. Aun así, debes saber que en 2007 una instrucción de la Junta Electoral Central se pronunció sobre la utilización de las nuevas tecnologías de la información para llevar a cabo propaganda electoral.

¿Qué entiende esta ley por nuevas tecnologías de información y comunicación electrónicas? “Cualquier tipo de equipos, sistemas, programas o dispositivos electrónicos que permitan la difusión de información, ideas u opiniones, sea mediante páginas web, foros, chats, correo electrónico u otros medios en Internet, sea mediante mensajes de telefonía móvil (SMS) u otros análogos”. Y ¿en qué periodos se aplica esto? La ley establece que “no puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado”.

En materia de propaganda electoral, aún con lo interpretable que resulta la ley, incurrir en delito será castigado con prisión”de tres meses a un año o la de multa de seis a veinticuatro meses”. En total, la multa oscila entre los 100 y los 1.000 euros si se trata de un particular, y entre 300 y 3.000 si lo lleva a cabo un funcionario o una autoridad. Por lo tanto, siguiendo lo establecido al pie de la letra, si tuiteas un mensaje propagandístico el día antes del voto, te podrían castigar.

También está prohibido tuitear encuestas cinco días antes de las Elecciones

La ley relativa a las elecciones también se refiere a las encuestas, de forma mucho más clara. Sobre la publicación de las mismas hay mucho escrito pero mucho ha transcendido el punto 7 que establece que “durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación”. Lo que se encuentra en una especie de limbo legal es si los particulares que utilicen cualquier red social para transmitir estas encuestas están haciendo así de medio de comunicación. Aunque, en principio, así sería y el delito lo cometería la persona que utiliza la red social para publicar.

Esto ha provocado que muchos sigan la máxima “hecha la ley, hecha la trampa” y han tirado de informaciones procedentes de El periódico de Andorra, del que la ley también establece que no está permitida la reproducción de encuestas hechas, se han hecho curiosas formas de transmitir los datos, como transmitir el precio de la fruta que tiene los colores de los partidos.

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