El miedo a lo desconocido o el rechazo a salir de la zona de confort y renunciar a las pautas que tradicionalmente ha impuesto la Medicina son algunos de los motivos que han impedido durante años la implantación de las tecnologías en el Sistema Sanitario español. Mucho tiempo y altas dosis de voluntad han sido necesarios para demostrar que los dispositivos wearables, las aplicaciones móviles y otras soluciones digitales que permiten practicar la Telemedicina y la Teleasistencia domiciliaria pueden tener considerables ventajas para los pacientes y personas dependientes.
Sin embargo, cuando todo esto ya estaba aclarado y avalado por la evidencia científica, surgen casos que ponen patas arriba todos los esfuerzo por conseguir la total implantación de un modelo en el que se utilicen las tecnologías como herramienta complementaria en el control y seguimiento del paciente. La causa de que esto suceda no es otra que la torpeza humana. El último caso nos traslada a Madrid.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de Madrid, mediante Sentencia tramitada por los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’, acaba de condenar al Ayuntamiento de Madrid al pago de una indemnización de 60.000 euros por no prestar la atención requerida a una persona que, estando dada de alta en el servicio de Teleasistencia, se cayó en su domicilio y falleció. Según detalla la sentencia: “Entre el momento de realizarse la llamada de alerta de sus vecinas (8,57 h) y aquel en que, finalmente, el SUMMA puede atender a la usuaria en su domicilio en presencia de su hijo, transcurren algo más de dos horas y media”.
Los hechos ocurrieron en la noche del 27 al 28 de julio de 2009. Tras presentar la solicitud y haber aceptado ambas partes las condiciones del Servicio, la mujer entregó un juego de llaves del portal y de su domicilio al Servicio de Teleasistencia. Estando sola en casa, la mujer sufrió una caída. A las 8:45 horas, las vecinas se extrañaron al no haber acudido a su cita para ir de excursión, razón por la que la telefonearon sin éxito y llamaron a su puerta. A las 8:57 horas alertaron al Servicio de Teleasistencia del Ayuntamiento de Madrid y les comunicaron que iban a proceder a activar la asistencia y a avisar a los familiares. A las 8:59 horas, el Servicio de Teleasistencia realizó la primera llamada.
Esta misma llamada se repitió en varias ocasiones, sin éxito. Lejos de personarse en el domicilio con las llaves en un plazo inferior a 30 minutos según están obligados, continuaron intentando localizar a la abonada. Fue el hijo de la mujer quien se desplazó hasta el domicilio y se la encontró inconsciente. Ante la dramática situación, se puso en contacto con el 112. El servicio de Emergencias acudió al domicilio inmediatamente (11:30 horas), realizó los primeros auxilios y la trasladó al Servicio de Urgencia del Hospital Universitario Ramón y Cajal por un “traumatismo craneoencefálico severo, hematoma subdural agudo hemisférico izquierdo”. El 12 de abril de 2011, la paciente fallecía en la evolución lógica del cuadro clínico grave que padecía a consecuencia de una hemorragia tratada tardíamente.
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