Un simple “me gusta” en Facebook puede convertirte en prescriptor de una marca para miles de seguidores dentro de la red social. Esta es una de las prácticas que desde la Asociación de Usuarios de la Comunicación denuncian como s engañosas en la publicidad de las redes sociales. La denuncia pública se produce después de recibir quejas de usuarios que aparecen avalando productos en Facebook, aunque no han dado su consentimiento para ser utilizados como publicidad testimonial en redes sociales
Cada uno de nosotros somos potenciales “Kim Kardashians”. Nuestra actividad en Facebook o Twitter se ha convertido en obsesión para las marcas, que sacan todo tipo de réditos a nuestros perfiles sociales y estas ya comienzan a sacarle provecho publicitario. La Asociación de Usuarios de la Comunicación se ha hecho eco de las quejas recibidas provenientes de usuarios particulares, los cuales aparecen en la red social Facebook prescribiendo y recomendando productos a pesar de no haber dado, según su testimonio, autorización o consentimiento en ningún momento para ese tipo de publicidad testimonial.
Tal y como señala AUC, esta red social suele intercalar entre los mensajes que reciben sus usuarios, comunicaciones comerciales de patrocinio de bienes y servicios. En la gran mayoría de los casos se hace constar que se trata de publicidad en redes sociales y de publicaciones “sugeridas” por las marcas, por lo que no existe un problema de publicidad encubierta tal y como se contempla entre las infracciones de la Ley de servicios de la sociedad de la información (LSSI).
Sin embargo, sí parece más polémica la utilización de testimonios en favor de los productos patrocinados por parte de usuarios conocidos por los receptores de los mensajes, a los que se atribuye declarar que “les gustan” esos productos patrocinados, cuando según declaran dichos usuarios, se está utilizando su identidad para fines comerciales sin haber dado su permiso o su consentimiento.
Pues bien, sin saberlo, con tus “me gusta” y gracias a los algoritmos de Facebook y Twitter, estás realizando publicidad en redes sociales de estos productos, o al menos recomendando a tus seguidores y contactos que ese producto te gusta. La diferencia entre tú y Kim Kardashian es que ella cobra, y tú no.
En este caso, nos encontraríamos no sólo ante un tipo de publicidad engañosa que puede inducir a error e influir en el comportamiento de los receptores del mensaje, sino también ante un incumplimiento de la Ley Orgánica de protección del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, e incluso una infracción de la normativa de protección de datos personales.
La Asociación de Usuarios de la Comunicación recuerda que estas u otras malas prácticas se han denunciado también en otras redes sociales como Twitter, con casos de personajes populares (influencers) que aparecen recomendando productos sin que se haga referencia a la naturaleza publicitaria o promocional del mensaje.
Seguiremos informando…