La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha realizado un fallo salomónico ante la denuncia de Atresmedia a Mediaset por uso indebido de sus imágenes en resúmenes de partidos de Champions League. Atresmedia alegaba que su competidor emitía resúmenes sin pedir autorización y en algunos casos de hasta cuatro minutos de duración, a lo que Mediaset respondía escudándose en su derecho de acceso a la información. El Grupo de Paolo Vasile se basaba además en el fallo previo de la CNMC que le autorizaba a emitir resúmenes de la Liga de Fútbol.
En base a todos estos precedentes, la CNMC ha decidido establecer un marco común en la regulación de la emisión de resúmenes de todas las competiciones futbolísticas tanto nacionales como internacionales. De esta manera, en este caso el regulador ha fallado que Mediaset –y todos los operadores que no sean dueños de los derechos de las competiciones deportivas y en este caso de la Champions Legaue- sólo podrán emitir resúmenes de 90 segundos de cada partido y en programas estrictamente informativos.
Las restricciones indican que esta normativa sobre resúmenes sólo se aplicará a la Final de la Champions League y a los partidos en los que se vean involucrados los equipos españoles. En el caso del resto de encuentros donde no jueguen equipos españoles se incluirán todos en un solo resumen de 90 segundos. La resolución indica que la otra diferencia de interpretación es que ahora el tenedor de los derechos -en el caso de la Champions Atresmedia para el partido en abierto semanal y Mediapro para el resto de encuentros- deberá ceder íntegro el encuentro para que el canal que emita los resúmenes haga su propia edición.
Este es un cambio sustancial que elimina los derechos de producción de estos resúmenes de Champions League para los dueños de los derechos que por tanto cambia radicalmente la manera en que se debe establecer la comercialización de los derechos y el precio que se deben pagar por éstos. Atresmedia cobraba unos 3.000 euros, pero la CNMC ha establecido que se deben considerar otros parámetros y establecer nuevos costes y por tanto otros valores.
Se establece la misma normativa que para los resúmenes de la Liga de Fútbol
La resolución de la CNMC confirma que la denuncia de Atresmedia estaba justificada y afirma que, a diferencia de lo que sostiene Mediaset, el ordenamiento jurídico vigente no habilita para tomar, sin autorización, la señal de los titulares de los derechos de explotación para emitir resúmenes informativos. Pese a ello iguala la normativa a la resolución anterior de la Liga de Fútbol estableciendo la obligatoriedad de ceder sus imágenes para la elaboración de resúmenes de 90 segundos solo para equipos españoles y la Final del torneo.
Recordemos que hace pocos meses Mediaset ganó a la Liga el litigio ante la CNMC para poder emitir imágenes 90 segundos de cada partido en programas informativos y sin coste. La Liga estableció esta temporada un concurso en el que se adjudicaron los derechos de los resúmenes en exclusiva a TVE, con la obligación de ceder al resto de operadores sólo un resumen de 90 segundos de cada jornada.
Finalmente el regulador obligó a permitir la emisión de 90 segundos por cada partido y el libre acceso a los estadios de todos los operadores que no fuesen dueños de los derechos, lo que generó que el producto “resumen exclusivo de la Liga” se dejase de comercializar y que TVE cancelara de manera unilateral este contrato suscrito en el verano pasado. La Liga además canceló la comercialización de este lote para las próximas tres temporadas.
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