En la Tierra a lunes, diciembre 23, 2024

Competencia multa con 2,2 millones a las teles de pago por no financiar el Cine

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha sancionado con 2,2 millones de euros a DTS (ex Digital Plus y actualmente integrada en Movistar+), Orange y Multinal Iberia por incumplir la obligación de financiar obras audiovisuales europeas en los años 2012 (DTS, Orange y Multicanal) y 2013 (DTS). La sentencia sienta un precedente para las operadoras de pago y responde a las históricas demandas de las televisiones en abierto que siempre han criticado que esta normativa no se aplica a todas las televisiones por igual.

La Ley General de la Comunicación Audiovisual obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual o a los operadores de telecomunicaciones que también difundan canales de televisión, a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas: películas para el cine y la televisión, series, documentales y películas y series de animación. En el caso de que la empresa sea de titularidad pública, este porcentaje aumenta hasta el 6%. El 60% de la financiación debe destinarse a la producción de películas de cine y, a su vez, el 60% de dicho porcentaje a obras en alguna de las lenguas cooficiales de España.

La CNMC también va a por las operadoras de pago

No obstante, ésta es una de las primeras sanciones a los operadores de pago por incumplir esta norma. Sorprende además la elevada cuantía de la multa que supera los dos millones de euros en su conjunto. Recordemos que las multas de la CNMC no suelen en ningún caso superar el millón de euros. De hecho, no es habitual que la CNMC expediente a operadores de pago ya que desde hace unos cursos se han centrado en fiscalizar a las operadoras en abierto como Atresmedia y Mediaset en temas principalmente referidos a publicidad.

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En esta oportunidad la extinta Digital+, comprada oficialmente por Telefónica en abril de 2015, ha sido multada con 1,6 millones de euros (749.900 en 2012 y 850.000 en 2013), frente a los 101.000 euros de Orange y los 506.000 a Multicanal Iberia (comprada hace unos años por AMC y editor de canales como Cocina, Decasa, etc). Contra esta decisión, DTS, Orange y Multicanal Iberia podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

La CNMC abre expediente a RTVE por superar el tiempo de autopromociones

Por otro lado, la CNMC ha abierto un expediente sancionador a RTVE por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones. El artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), establece que “para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial”.

Las infracciones detectadas en RTVE tuvieron lugar en marzo de 2016 en sus canales de televisión La 1 y La 2. La apertura de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de seis meses para la instrucción del expediente y resolución del expediente por parte de la CNMC. RTVE dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.

Seguiremos Informando…

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