En la Tierra a martes, diciembre 24, 2024

Los premios de Lotería inferiores a 10.000€ no tributarán en la declaración de la renta

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  • Tras la reforma de la Ley del IRPF operada por la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2018, los primeros 10.000€ de los premios de lotería no tendrán que tributar.
  • Esta cuantía exenta de imposiciones fiscales se ampliará a 40.000 euros, progresivamente, en dos años.

Madrid, 2 de julio de 2018 – Millones de españoles acabamos de rendir cuentas con Hacienda en la campaña de IRPF de este año. Como colofón a la campaña, los Presupuestos Generales del Estado 2018 nos han traído una buena noticia, como es la elevación del mínimo exento de gravamen en premios de loterías.

Ante este nuevo escenario, Ventura24 plataforma líder en gestión de Loterías y Apuestas del Estado por Internet, facilita algunos consejos para estar preparado si nos llega la “fortuna”:

  1. Solo se tributa por la parte del premio que sea superior a 10.000€: El mínimo exento aplica de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiada, si el precio de estas es superior a 0,50€ (como sucede en la mayor parte de productos de lotería).
  2. Si resulta ganador de varios premios que acumulados superaran los 10.000€: No tendría que tributar nada si ninguno llega, por sí solo, a esa cantidad.
  3. Retención del 20%: Se aplica un gravamen especial del 20% sobre la cantidad que supere los 10.000€.
  4. ¿Quién calcula y practica la retención del gravamen?: Este cálculo lo realiza la entidad bancaria pagadora, quien abona el premio neto una vez practicada la retención. Ventura24, se encarga de llevar a cabo esta gestión con la máxima seguridad, despreocupándose el afortunado ganador, o ganadores en el caso de apuestas en grupo, que recibirán cada uno el importe neto de su premio directamente en su cuenta de usuario sin ninguna preocupación.
  5. ¿Cómo se reparte la retención?: En el caso de premios compartidos se debe distribuir la cuantía entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación. Quien proceda al reparto del premio que figure como beneficiario único o gestor de cobro por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo por tanto necesaria la identificación de cada ganador, así como de su porcentaje de participación. Si juegas con Ventura24, de esto nos encargamos nosotros.
  6. No hay más que pagar: Una vez cobrado el premio neto no es necesario presentar ninguna otra autoliquidación.

Los Presupuestos Generales del Estado para 2018, aprobados el pasado 28 de junio, incluyen un incremento del importe mínimo exento de tributación hasta los 10.000€ para los premios de la mayor parte de productos de lotería que tengan lugar tras la publicación de la reforma y durante el resto de 2018, que aumentará a 20.000€ y 40.000€ para los ejercicios de 2019 y 2020, respectivamente.

Más información en:

https://www.ventura24.es

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