En la Tierra a viernes, 29 marzo, 2024

Vox detiene sus campañas en Facebook por un posible delito contra la LOPD

Tras semanas utilizando los anuncios de la red de Zuckerberg para poder ampliar su electorado, Vox ha decidido abandonar esta práctica. Esta decisión vendría motivada en la última comunicación de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sobre lo que pueden, y no pueden, hacer los partidos electorales en Internet para promocionarse. 

Vox ha hecho un gran trabajo en las redes sociales para que su alcance tenga una réplica en las urnas y prueba de ello es el resultado que obtuvo la formación de Abascal en las elecciones andaluzas celebradas el pasado dos de diciembre. Desde inicios de año, tal y como repasamos en prnoticias, Vox se ha puesto a la cabeza como el partido con más seguidores en YouTube, donde acumula ya millones de reproducciones.

La decisión de Vox de detener sus anuncios en Facebook vendría motivada por una nota emitida por la AEPD en relación al uso de datos por parte de los partidos políticos. La circular no ha disipado las dudas de los partidos sino que las ha aumentado por no esclarecer aspectos básicos a tener en cuenta a la hora de definir el público objetivo de la promoción.

Así, la nota indica que no se puede utilizar el microtargeting “ni los que tengan por finalidad forzar o desviar la voluntad de los electores”. Y, al mismo tiempo, el texto relata que “Si se pretende la elaboración de perfiles se deberá ser especialmente riguroso con el nivel de detalle y la exhaustividad del mismo, siendo admisible únicamente la elaboración de perfiles generales y por categorías genéricas, pero no la realización de perfiles individuales o realizados atendiendo a categorías muy específicas”.

En este sentido, la circular no especifica qué entiende el legislador como un perfil general o una categoría genérica, lo que podría dar lugar a interpretaciones distintas por aquellos que hacen la promoción y que, posteriormente, se podrían enfrentar a multas millonarias; las sanciones establecidas en la ley alcanzan los veinte millones de euros. 

El pasado mes de noviembre, el Senado aprobó la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPD), cuyo punto más polémico es el que abría la puerta a las formaciones políticas al envío de propaganda a través de los medios tecnológicos sin la necesidad de contar con el consentimiento del usuario.

La nota emitida por parte de la AEPD tampoco deja claro qué pasará con el uso de WhatsApp como canal publicitario, ya que la circular destaca que “deberá facilitarse de un modo sencillo y gratuito el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición. En caso de ejercicio del derecho de oposición, los datos personales dejarán de ser tratados para el envío de propaganda electoral mientras el afectado no preste su consentimiento expreso”.

Parece claro que la AEPD deja abierta la posibilidad a los partidos de utilizar WhatsApp para contactar con el ciudadano, al menos hasta que el ciudadano se deniegue su consentimiento. Este hecho ha sido criticado duramente por diversos juristas y organizaciones de usuarios, que entienden que choca con la protección del usuario.  

Seguiremos informando…

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