En la Tierra a martes, diciembre 24, 2024

Suspendido provisionalmente el contrato de publicidad de RENFE tras el recurso impuesto por ARI, Asociación de Revistas

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha suspendido provisionalmente la tramitación del Acuerdo Marco de Servicios de gestión e inversión publicitaria del grupo RENFE tras el recurso impuesto por ARI, Asociación de Revistas. Ha dispuesto el Tribunal, en línea con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, que los plausibles perjuicios que pudieran derivarse son de difícil reparación, suspendiendo la tramitación del procedimiento de contratación en tanto y cuanto no exista resolución definitiva. El recurso de ARI se basa fundamentalmente en dos grandes pilares: por un lado, la necesidad de objetivar siempre en favor de la eficiencia el gasto público y por otro en la idoneidad del objeto del contrato y el contenido del mismo.

Destinar la mayor parte de la inversión publicitaria a grandes Grupos de Comunicación significa no solo no promover la utilización eficiente de los recursos públicos, sino que también supone un bloqueo a la pequeña y mediana empresa editora de revistas“, afriman desde ARI.

 Eficiencia del gasto público

ARI presentó este recurso al entender que la contratación pública, como actividad administrativa, se encuentra sujeta al objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto público, garantizando por encima de cualquier otro elemento un uso eficiente y racional de los recursos. En este sentido, RENFE ha priorizado la utilización masiva de medios generalistas, sin tener en cuenta el perfil de los lectores de revistas, afirma la Asociación de revistas. 

En el año 2018 el gasto en publicidad en España fue de 5.513 millones de euros, de los cuales 228 millones se invirtieron en publicidad en Revistas, un 4,1% de la inversión total. De los 55,5 millones de euros invertidos por la Administración central en el año 2018, menos de un millón se invirtió en revistas, 1,7% (Fuente Arce Media). ARI considera que el 4,1% es el porcentaje mínimo exigible que se debe invertir en revistas en cualquier campaña de publicidad institucional.

Idoneidad en la contratación

El sistema legislativo nacional y las disposiciones de la Unión Europea establecen nuevas obligaciones durante un procedimiento de licitación en pro de preservar y mejorar la competitividad, en consonancia con criterios como la eficiencia del gasto. La mayoría de estas medidas están dirigidas a facilitar la participación de las pequeñas y medianas empresas -entre las que se encuentran la mayor parte de los editores de revistas- dentro de la contratación pública, destinando mecanismos y posibilidades para que estos operadores puedan participar y beneficiarse de los contratos del sector público y competir con los grandes Grupos de Comunicación, sostienen desde ARI.

El Tribunal ha dispuesto, en línea con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, que los plausibles perjuicios que pudieran derivarse son de difícil reparación, suspendiendo la tramitación del procedimiento de contratación en tanto y cuanto no exista resolución definitiva.

Seguiremos Informando…

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