Las limitaciones que impuso el Ayuntamiento de Madrid a las lonas publicitarias antes, durante y después de las fiestas del World Pride 2018 han sido consideradas ilegales por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La sentencia del 23 de septiembre se produce como consecuencia del recurso de apelación presentado por La FEDE, a iniciativa de su sección de publicidad exterior, La FEDE-Aepe, ante una sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso Administrativo que dio la razón al ayuntamiento.
La sentencia viene a concluir que las limitaciones impuestas no se ajustaban a la ordenanza al extralimitarse el ayuntamiento en las restricciones exigidas en el porcentaje de ocupación publicitaria de las lonas (que las hacía económicamente inviables), además de en el plazo impuesto para las mismas y en la antelación con que se comunicaron mediante un protocolo interno.
Este protocolo provocó unas cuantiosas pérdidas a las empresas de publicidad exterior que gestionan lonas en la ciudad y que ya tenían contratos en firme con anunciantes interesados anunciarse precisamente durante esos días.
La misma situación se produjo en las Fiestas del Orgullo 2019 y también La FEDE presentó una impugnación contra ese nuevo protocolo que prácticamente calcaba el del año anterior. Ese otro proceso quedó en suspenso hasta que se produjera el fallo del recurso anterior por lo que se entiende que esta sentencia también le será de aplicación. El procedimiento ha sido llevado para La FEDE por el despacho Cremades & Calvo Sotelo.
El presidente de La FEDE y la presidenta de La FEDE-Aepe se congratulan de este éxito que “es un paso más en la defensa que La FEDE hace en defensa de los intereses de sus asociados y por una gestión más justa y transparente de la publicidad como herramienta imprescindible de la comunicación”.
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