La Ley General de Comunicación Audiovisual y sus limitaciones a la emisión de publicidad ha vuelto a generar un problema a Mediaset. Y es que, como publica Vozpópuli, a Audiencia Nacional ha ratificado una multa de 130.964 euros a la empresa matriz de Telecinco, con precedentes en el expediente de la cadena por las sanciones impuestas por malas prácticas en los últimos años.
Los hechos corresponden a una forma de realizar “emplazamiento de producto” que está considerada ilegal. Ocurrió en septiembre de 2018 durante la emisión del programa “Viva la vida”. Allí, la presentadora entregó, a una de las invitadas, las zapatillas oficiales del programa, como regalo al final de la entrevista.
Esta ocurrencia ya había merecido un expediente sancionador por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que había sido recurrido por Mediaset. Ahora, la Audiencia Nacional confirma que no existía necesidad narrativa de finalizar la entrevista de tal forma, constituyéndose así un acto publicitario no contemplado legalmente.
Es interesante hacer hincapié en que el “emplazamiento de producto” está prohibido, salvo excepciones, aunque los grupos de televisión ya han dejado claro su rechazo al respecto. No obstante, la nueva Directiva de Comunicación Audiovisual sustituye esta prohibición por “un principio de permisión, con excepciones”, aunque todavía no se aplica en España.
+ de 21 AÑOS diciendo
Seguiremos informando…