La ONU comunicó al régimen cubano que se abstenga de aplicar leyes que vulneren la libertad de expresión, información y asociación

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Tres Relatorías Especiales de las Naciones Unidas, ONU, la de libertad de expresión, la de libertad de reunión y asociación,
y la de los defensores de los Derechos Humanos, hicieron pública una carta dirigida al régimen cubano. En la misma expresan su censura y desacuerdo con la aplicación y adopción de la legislación en materia de libertad de expresión, asociación y reunión en Cuba. Especialmente sobre el Decreto Ley 35 y sus normas conexas.

En el Decreto Ley No. 35 “sobre las telecomunicaciones, las tecnologías de la información y la comunicación y el uso del espectro radioeléctrico”, el régimen considera como “incidentes de ciberseguridad” supuestos de naturaleza tan heterogénea como los ataques de virus. Además los “fallos eléctricos” hasta la posibilidad de usar las redes para convocar a una marcha, criticar al gobierno o pedir un cambio de sistema. Así, considera como incidentes de ciberseguridad la “divulgación de noticias falsas, mensajes ofensivos, difamación con impacto en el prestigio del país”. Además la difusión de “contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del Estado. Estos según incitan a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público”. También “pretenden alterar el orden público o promover la indisciplina social”.

¿Qué dice la ONU?

Para la ONU, esta Ley tiene “un efecto amedrentador en el trabajo de periodistas y personas defensoras”. Según criterio de la ONU los Estados no deben limitar el acceso a internet como medio para impedir la libre disposición de sus ciudadanos a la información. Esto debido a que ello “amenaza con destruir el espacio en el que la sociedad civil y personas defensoras de derechos humanos pueden promover o defender colectivamente un asunto de interés común”.

Además este organismo internacional por medio de un vocero acotó: “las prohibiciones mencionadas podrían tener graves consecuencias para el público en general. También para los periodistas de investigación y para los defensores de derechos humanos. Especialmente los que informan sobre las violaciones de los derechos humanos. Además de que contribuyen a que el gobierno rinda cuentas“.

De igual forma, los Relatores de la ONU señalan que la resolución 105/2021 “faculta al gobierno a realizar un monitoreo
constante de los contenidos que los cubanos comparten en redes sociales e Internet” También de los contenidos como hemos
visto susceptibles de penas de 4 años de prisión en el Código Penal. De igual manera sabemos que el monitoreo y la interrupción
arbitraria de los servicios “pueden impedir que los periodistas y personas defensoras de derechos humanos informen libremente sobre los sucesos y violaciones a derechos humanos que ocurren en Cuba”.

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