En la Tierra a domingo, noviembre 24, 2024

NUEVAS MEDIDAS DESTINADAS A CONTROLAR EL SOBREPESO INFANTIL

Ni famosos, ni influencers podrán anunciar alimentos o bebidas dirigidas a un público infantil

ALBERTO GARZÓN MINISTRO DE CONSUMO LIMITA LA PUBLICIDAD DIRIGIDA A MENORES EN REDES SOCIALES

Los influencers no podrán anunciar alimentos o bebidas, si están dirigidas a un público infantil. El Gobierno trata así de limitar la actividad en Instagram, Youtube y medios de comunicación estableciendo como criterio de medición los perfiles nutricionales promovidos por la OMS

Este Real Decreto prohibirá “la aparición en las comunicaciones comerciales de madres o padres, educadores, docentes, profesionales de programas infantiles, deportistas, artistas, influencers, personas o personajes de relevancia o notoriedad pública, sean estos reales o de ficción, que por su trayectoria sean susceptibles de constituir un modelo o ejemplo para las personas menores de edad”.

Así, el Ministerio de Consumo apuesta por los hábitos saludables de famosos e influencers como principales protagonistas, pero de forma controlada. El objetivo es fomentar de esta manera “la participación de personas y personajes de relevancia o notoriedad para el público infantil en campañas de salud pública y educativas cuyo fin sea el de promover entre el público infantil la actividad física y los hábitos de alimentación saludable, sostenible y responsable”. Pero, no permitirá la promoción dirigida al público infantil de premios, regalos, concursos, sorteos o patrocinios. Con este decreto, el Ministerio quiere evitar la publicidad de alimentos y bebidas con alto contenido en sodio, azúcares, edulcorantes, grasas y ácidos grasos saturados.

Protección reforzada

La nueva normativa también afectará a los horarios de protección reforzada, de lunes a viernes, de 8 a 9 y de 17 a 20 horas y los fines de semana de 9 a 12 horas, y a los espacios publicitarios de programas destinados al público infantil, según ha informado el ministerio. Regulará tanto televisión, radio, cine y publicidad en internet, como redes sociales, webs o aps, cuando los contenidos se dirijan a menores de 16 años. La norma incluye también limitaciones en la publicidad de medios impresos y en los embalajes de los alimentos y bebidas. En esta línea, las empresas podrán tener su propia autorregulación siempre y cuando supongan un marco de mayor protección que la norma.

Por último, la normativa afectará a cinco categorías de productos que no podrán hacer publicidad a menores independientemente de su contenido de nutrientes. La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería. Y tampoco se podrán anunciar los zumos, las bebidas energéticas ni los helados. Para el resto de categorías de productos, se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos y en este caso, sí se podrán anunciar si las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantienen por debajo de los límites establecidos para cada producto.

Obesidad infantil

Alberto Garzón, ministro de Consumo, ha argumentado al anunciar la nueva normativa que la todavía vigente, que data de 2005, se ha demostrado “insuficiente”, y para demostrarlo desplegó los datos de sobrepeso y obesidad infantil . La estadística dice que el 40,6% de los menores de entre 6 y 9, el 25% de los que tienen entre 10 y 14 y el 20% entre 15 y 17 años pesa de más, es decir, padece sobrepeso, explicó el ministro. Un problema de presente, pero también de futuro porque como explica el catedrático de Medicina Preventiva y Salud Pública de la Universidad Autónoma de Madrid Fernando Rodríguez Artalejo, “la inmensa mayoría de los adolescentes obesos lo serán toda la vida adulta, y es que, la gente con sobrepeso no lo va a perder con las medidas actuales, es muy difícil cambiar los hábitos”.

+ de 21 AÑOS diciendo

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