El Tribunal Supremo ha confirmado que Carlos Herrera utilizó una sociedad pantalla para ahorrarse impuestos entre 2006 y 2007, cuando trabajaba en Onda Cero. El locutor de radio fue acusado por la Agencia Tributaria de tributar la mayor parte de sus ganancias aquellos años a través del Impuesto de Sociedades, es decir, a un tipo más bajo del que le correspondía por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Hacienda comenzó a investigar a Herrera en 2010 tras comprobar que una sociedad a su nombre llamada Los Rehos SL había ingresado más de 3 millones de euros anuales entre 2006 y 2007. De esa cantidad, solo un 15% fue a parar al bolsillo del hoy locutor de COPE. El resto se repartió entre otras tres empresas que también figuraban a su nombre.
Para la Agencia Tributaria, la intención del locutor era pagar menos impuestos, según informa elDiario.es. Estas acusaciones fueron inicialmente desestimadas por la Audiencia Nacional. No obstante, un recurso de la Abogacía del Estado que ha llegado hasta el Tribunal Supremo ha dado la razón a Hacienda.
A partir de esto, Hacienda investigará si la utilización de las llamadas “sociedad pantalla” como las de Herrera incurrió o no en irregularidades. No obstante, el segundo recurso de la Abogacía del Estado en ese sentido ha sido desestimado.
El Supremo afirma que un servicio de carácter personal como la realización de un programa de radio debe tributarse a través del IRPF. Sin embargo, la cuestión concreta de Herrera está influida por un cambio en la normativa de estos impuestos que tuvo lugar en 2007.
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