Las empresas de clipping suelen tener contratos de confidencialidad con los clientes sean agencias de comunicación o clientes finales, y las empresas que han firmado el nuevo contrato con CEDRO requerirían firmar nuevos contratos con sus clientes; porque según los expertos es imposible que no vulneren los términos de confidencialidad, además que el cambio es tan radical que requiere de aprobaciones explicitas. Los mismos expertos señalan que grandes compañías, instituciones de toda índole y en especial cotizadas y multinacionales es difícil que pueden asumir firmar este tipo de imposiciones. Añaden los responsables legales corporativos y la abogacía del estado puede dudar de su legalidad.
Si el cliente de las agencias de clipping es una agencia de comunicación, la empresa de clipping debe proponer la nueva firma de los términos que impone CEDRO; y esta a su vez a los clientes finales de la agencia.
Según la web oficial de la organización de Carme Riera, cedro.org, las empresas autorizadas, que es lo mismo que las firmantes, son Auditmedia (Auditoría de Medios S.L.), Brainy Technology, Com360, My News S.L., Onclusive – Reputational Intelligence Spain S.L.U., Pressclipping – Iniciativas tecnológicas en internet S.L., Rebold Comunication S.L., Simbiu – Simbiu Intelligence S.L. y The Original News to You. Estas empresas que según fuentes sectoriales representa el 50% del volumen del sector, y podría implicar a unas 100 agencias y cerca de 5.000 clientes finales deberían comunicar fehacientemente a sus clientes y usuarios los nuevos criterios que implica el servicio de clipping contratado, y confirmar formalmente que están de acuerdo.
Las implicaciones del nuevo contrato con CEDRO son tan radical en su planteamiento según los expertos que implica a estas empresas de clipping firmantes: Revisar y Actualizar Contratos, Obtener Consentimiento Expreso, y hacer un ejercicio de máxima Transparencia con los Clientes. Los mismos expertos, confirman que las empresas de clipping que firmen y empiecen a operar bajo las condiciones de CEDRO sin avisar a sus clientes asumen un riesgo legal muy elevado, y puede tener graves consecuencias por la tipología de “intervencionismo que impone la nueva operativa”.
Recordamos que según los abogados especialistas consultados por PRNoticias en estos últimos días del caso Clipping-CEDRO, que esta revolucionando el sector de la comunicación, por lo que los expertos consideran que afecta gravemente a toda la cadena de valor y operacional del sector de la comunicación en nuestro país. Aquí un detalle de las implicaciones legales en 7 puntos, elaborado por abogados de máxima solvencia:
1. Divulgación de Información Confidencial de los Clientes
- Identificación Obligatoria de Clientes: El contrato exige que las empresas de clipping proporcionen a CEDRO información detallada sobre sus clientes, incluyendo nombres, CIF y datos de contacto. Si los acuerdos de confidencialidad estipulan que esta información debe mantenerse privada, compartirla sin el consentimiento expreso de los clientes constituye una violación directa de esos acuerdos.
- Declaraciones Responsables: Al requerir que los clientes completen declaraciones responsables, se expone información que podría estar protegida por cláusulas de confidencialidad.
2. Transferencia de Datos Sensibles y Confidenciales
- Implementación de Software de Seguimiento: La obligación de insertar código JavaScript en las plataformas de clipping permite a CEDRO recopilar datos sobre el comportamiento y acceso de los usuarios. Esto podría revelar información confidencial sobre las estrategias de comunicación y operaciones internas de los clientes.
- Trazabilidad de Documentos: El uso de tecnología NFT para identificar y rastrear cada PDF entregado significa que CEDRO puede monitorear qué contenidos específicos están siendo utilizados por cada cliente, violando potencialmente acuerdos de confidencialidad que protegen dicha información.
3. Vulneración de Cláusulas Contractuales
- Incumplimiento de Obligaciones de Confidencialidad: Los acuerdos con los clientes suelen incluir cláusulas que prohíben compartir información sobre la relación comercial, actividades y datos personales o empresariales con terceros sin autorización.
- Riesgo de Sanciones Contractuales: Al infringir estas cláusulas, las empresas de clipping se exponen a posibles sanciones establecidas en los contratos, incluyendo indemnizaciones por daños y perjuicios.
4. Conflictos con la Legislación de Protección de Datos
- Violación del RGPD y LOPDGDD: Compartir datos personales sin una base legal adecuada o sin el consentimiento del interesado puede resultar en infracciones a las normativas de protección de datos, lo que podría acarrear sanciones económicas significativas y acciones legales por parte de los clientes.
- Responsabilidad Solidaria: Tanto las empresas de clipping como CEDRO podrían ser consideradas responsables en caso de tratamiento indebido de datos personales, aumentando el riesgo legal para las empresas.
5. Daño a la Relación con los Clientes
- Pérdida de Confianza: Los clientes pueden sentirse traicionados al saber que su información confidencial ha sido compartida sin su consentimiento, lo que puede dañar irreparablemente la relación comercial.
- Impacto en la Reputación: La divulgación no autorizada de información puede afectar la reputación de la empresa de clipping, llevando a la pérdida de clientes y oportunidades de negocio.
6. Obligaciones Adicionales Impuestas a los Clientes
- Exigencia de Licencias: Al requerir que los clientes obtengan licencias adicionales de CEDRO, las empresas de clipping están imponiendo obligaciones no contempladas en los acuerdos originales, lo que puede considerarse una alteración unilateral de los términos contractuales.
- Interferencia en Operaciones: Estas imposiciones pueden obstaculizar las actividades de los clientes y generar conflictos legales por incumplimiento de contratos.
7. Acciones Legales Potenciales
- Reclamaciones por Incumplimiento Contractual: Los clientes pueden emprender acciones legales por violación de los acuerdos de confidencialidad, buscando compensaciones por daños económicos y reputacionales.
- Investigaciones Regulatorias: Las autoridades de protección de datos podrían iniciar investigaciones que resulten en sanciones y obligaciones de remediación.
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