La Confederación General del Trabajo (CGT) ha ganado el pulso en materia de contratación a las empresas del sector del Contact Center con más de 40000 contratos de obra, y con centros de trabajo en casi todas las comunidades de España. La sentencia se puede descargar en este enlace.
“A tales efectos se entenderá que tienen sustantividad propia todas las campañas o servicios contratados por un tercero para la realización de actividades o funciones de Contact Center cuya ejecución en el tiempo es, en principio de duración incierta, y cuyo mantenimiento permanece hasta la finalización de la campaña o cumplimiento del servicio objeto del contrato”, reza la sentencia.
La parte que se anula ha estado en los seis convenios de Telemarketing/Contact Center publicados en el BOE hasta ahora. Dice la sentencia que la parte del convenio que identifica como temporales los contratos vinculados a la campaña o servicio contratado, se aparta del Estatuto de los Trabajadores según de las actuales exigencias jurisprudenciales.
Es una sentencia histórica que se fundamenta en toda la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo que rechazaba desde el 2020 que en empresas como las que se dan en el sector del telemarketing, donde el grueso de la actividad económica reposa exclusivamente sobre personas contratadas de forma temporal, desapareciera el marco ordinario de condiciones de trabajo.
Para la CGT los contratos de trabajo de duración indefinida son la forma lógica de relación laboral, y que dificultan la precariedad de sectores como este, que han mantenido sus beneficios mediante plantillas eminentemente temporales para su actividad ordinaria.
La CGT muestra su alegría por el respaldo de la Audiencia Nacional a esta demanda y asegura que continuará “peleando por los derechos fundamentales de los trabajadores del Contact Center”.