La cadena privada y el ente estatal no paran de verse las caras en tribunales. Al Caso Arguiñano, se suma una sentencia de la Audiencia Provincial el Caso Sydney, la que obliga a Telecinco a pagar 69.000 euros a TVE emitir ágenes de las olpiadas de 2000 sin su consentiento.
Esta sentencia es una reducción de la multa inicial de 72.950.000 pesetas. (unos 439.000 euros) establecida en prera Instancia. A pesar de esta rebaja en la compensación, Telecinco ha recurrido en casación que consideran “que ni siquiera cabe dicha compensación económica pequeña que sea”.
El asunto tiene su origen en la utilización, parte de Telecinco, de ágenes de las Olpiadas de Sydney 2000 emitidas TVE, debido a la negativa parte de esta entidad a suministrar ágenes de dicho evento antes de las 16.00 horas de cada día, lo cual le otorgaba la exclusiva de la información sobre dicho evento hasta la citada hora.
No es prera vez que las cadenas privadas se enfrentan con TVE situaciones silares. Ya tuvieron un encontrón la difusión de las ágenes de la Boda Real y las Olpíadas de Atenas de este año.