La indemnización puesta a la cadena es de 90.000 euros para cada uno de ellos, frente a los 240.000 euros en total que se contemplaban en un principio. La sentencia con fecha de diciembre reconocía intromisiones ilegítas en sus derechos fundamentales al honor y a la intidad personal y familiar, con motivo de la divulgación de la noticia relativa a su separación ‘ culpa de una relación extramatronial’.
Tras ser recurrida Telecinco, la multa se ha rebajado, pero sigue adelante puesto que según la Audiencia Provincial, pese a que se trate de personajes públicos, ‘en modo alguno autorizan a divulgar en un medio de comunicación la inveraz próxa separación matronial de la pareja remitiendo la causa de la misma a la presunta infidelidad de uno de los cónyuges’.