Con motivo de la Navidad y ser éste un periodo de reuniones de amigos donde el consumo de alcohol suele estar presente, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha intensificado su campaña contra su ingesta al volante. Como complemento al aumento de controles que realiza entre los días 7 y 20 de diciembre, Tráfico inicia la emisión en radio y televisión de un nuevo anuncio que concluye con una contundente frase: ‘Si vas a conducir después de haber bebido, este minuto de silencio es ti’.
Directo y contundente. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha creado una campaña que sin duda no dejará indiferente a más de uno. En este anuncio, Tráfico pide a los ciudadanos un minuto de silencio; un minuto que no es las personas fallecidas en accidentes de tráfico, sino cada uno de los conductores que aún sabiendo los riesgos que plica el alcohol en la conducción van a seguir conduciendo después de haber bebido.
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Tal y como señala la DGT, ‘es una llamada de atención a través de algo tan sbólico y representativo como es el minuto de silencio, no sólo a los conductores sino también al resto de ciudadanos, como responsables que son de no dejar conducir a la persona que ha bebido’, señala en nota de prensa. Por este motivo, en el cartel final aparece el mensaje: ‘no conduzcas después de haber bebido ni dejes que nadie lo haga’.
El anuncio se emitirá desde hoy y durante todo el periodo navideño. Y es que la idea no es otra que ‘concienciar a aquellos conductores que todavía asumen el riesgo de ponerse al volante habiendo ingerido alcohol’. De hecho, hay que tener en cuenta que en al menos un tercio de los accidentes mortales el alcohol está presente como factor concurrente o desencadenante.
Según el artículo 65 de la Ley, se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos. También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica. Hay que destacar que para estas infracciones muy graves la Ley prevé la sanción de multa de 300 a 600 euros.
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