05/11/2010 PRLATAM 102.839 SUSCRIPTORES Hugo Chávez movió ficha para tranquilizar las agitadas aguas de las relaciones hispanovenezolanas con el anunció de la postulación al Tribunal Supremo de Justicia del embajador venezolano en Madrid, Isaías Rodríguez.
Pero el moviento aparentemente sencillo con el que el Ejecutivo español se libraría de esa piedra tan molesta que tiene en su zapato (recordemos las declaraciones del embajador con respecto al entrenamiento de etarras en territorio venezolano y a Arturo Cubillas o el incidente de la pasada Fiesta Nacional con la ausencia de la bandera venezolana), encontró ya sus preros escollos. Dos pugnaciones fueron presentadas ante la Asamblea Nacional de Venezuela para evitar que Isaías Rodríguez llegue a la máxa instancia judicial del país latinoamericano.
La prera objeción fue presentada un grupo de abogados defensores de los derechos humanos, quienes apuntaban que Rodríguez no cumple con los requisitos de parcialidad y honestidad probadas que exige el artículo 263 de la Constitución de Venezuela para la ocupación del puesto de magistrado de la República. A este mismo artículo se acoge el abogado Pedro Aranguren, quien lleva el caso la muerte del fiscal Danilo Anderson y representa a los hermanos del fallecido, encargado de la segunda pugnación.
Además, el embajador de Venezuela en Madrid y ex fiscal general, tiene una solicitud de antejuicio de mérito en el Tribunal Supremo de Justicia lo que fue su actuación pública en la dirección del caso de la muerte del fiscal Danilo Anderson, anteriormente mencionado. Dicha solicitud, según expresa el documento de pugnación presentado Aranguren, asegura que existen pruebas sobre ‘manipulación de actas en el expediente, el montaje de testigos y encubriento de personas’ e incluye la confesión pública del entonces fiscal general acerca de presiones de terceros para evitar que la investigación llegase hasta los autores intelectuales del cren.
El abogado de la familia Anderson mostró su esperanza, en declaraciones a El Universal, de que ‘la comisión no cometa el exabrupto al nombrar una persona que no goza de la reputación que exige el artículo 263 de la Constitución para ser magistrada’. ‘Sería inmoral –concluye la pugnación que el ciudadano Julián Isaías Rodríguez Díaz fuere nombrado para ocupar tan alta magistratura pública’.
Habrá que esperar para comprobar si las citadas pugnaciones tienen algún efecto en un país cuyo sistema de Justicia está controlado el poder político.
Seguiremos informando…