En la Tierra a domingo, diciembre 22, 2024

Denuncian ‘claroscuros’ en la reforma del Código Penal en materia de Tráfico

El jueves entraba en vigor la reforma del Código Penal, una medida que cuentan con multitud de novedades en materia de Tráfico, ofreciendo la posibilidad del decomiso del vehículo, la obligatoriedad de someterse al control de drogas mediante saliva o la posibilidad del juez de elegir entre tres opciones: prisión, multa o trabajos en beneficio a la comunidad, así como la capacidad de rebajar la pena en un grado. Las críticas ante esta reforma no se han hecho esperar. Desde la asociación estatal de víctas de accidentes DIA denuncian la existencia de ‘claroscuros’, mientras que desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA) apuestan el depósito en lugar del decomiso del automóvil.

 

‘Hay modificaciones que no son de nuestro agrado y que no han contado con la opinión de las víctas’, denuncian en nota de prensa desde la asociación DIA. En este sentido, aunque apoyan ‘sin reservas’ el decomiso del vehículo, indican que en esta ocasión no se ha tenido en cuenta lo que pensaban. ‘A ningún grupo político le ha interesado escuchar qué creemos’, se recalca.

 

De hecho, consideran que la opinión de las víctas ‘se ha olvidado cuestiones obvias’ y que la reforma es fruto de la situación actual de gestión del alto número de condenados que está colapsando a los servicios penitenciarios.

 

En este sentido, denuncian que se conmute la pena de prisión los trabajos en beneficio a la comunidad (las tres opciones con la que cuenta el juez) e indican que el alto número de condenados a realizar estos trabajos ha conseguido crear una lista de esperar de ‘muy difícil solución ante la falta de medios y la casi nula colaboración de otros organismos y administraciones’.

 

Asismo, desde la asociación añaden que los medios destinados a la gestión de estas condenas son ‘realmente escasos y que producen disfunciones serias’. De hecho, recalcan que incluso se están encontrando con dificultades en la realización de los Talleres de Seguridad Vial para condenados Delitos contra la Seguridad Vial (TASEVAL). ‘Ahora se intenta solucionar este problema mediante una modificación que lo único que pretende es resolver un problema que la administración no ha sabido resolver’, concluyen. En definitiva, denuncian que ‘se han recortado las opciones para rehabilitar al condenado poniendo como solución más fácil la de la sanción económica’.

 

Desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA) aplauden la obligatoriedad de someterse a las pruebas de detección de drogas mediante test indiciarios de saliva, aunque muestran su opinión desfavorable al decomiso de los vehículos utilizados en todos los delitos contra la seguridad vial. ‘Hasta ahora, está medida sólo estaba prevista para el delito contemplado en el Art. 381 del Código Penal, relativo a los conductores kamikaces’, indican. Sin embargo, con la reforma aprobada se amplía a todos los delitos de seguridad vial y lo consideran ‘desprocionado en los casos en los que no haya ningún resultado lesivo ni existan antecedentes’.

 

En este sentido, desde el club de automovilistas apuestan el depósito del vehículo. ‘Si lo que se persigue es una medida precautoria o cautelar para evitar que se pueda utilizar temalmente un vehículo mientras alguien está privado del derecho a conducir, o sometido a cualquier programa de desintoxicación de alcohol,  lo que debería haberse regulado no es el decomiso sino el depósito, que es una figura más adecuada para estos supuestos, ya que permite recuperar la posesión del vehículo una vez que el automovilista ha pagado su deuda con la sociedad’, señalan en nota de prensa.

 

Recordemos que el decomiso se presenta así como una alternativa a la privación de la libertad, en algunos casos. La reforma recoge que se puede aplicar en los delitos de homicidios y lesiones prudentes, es decir, en aquellas en que el resultado es la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, de un sentido, la potencia, la esterilidad, grave enfermedad somática o síquica o deformidad como cicatrices en la cara. Asismo, se contempla en los casos de reincidencia, sobre todo en los delitos excesos de velocidad, conducción bajo la influencia del alcohol y drogas, conducción sin permiso, con pérdida de puntos o privación judicial del mismo. Igualmente se indica para estos casos (aunque no sean reincidentes) cuando las tasas o exceso sean de extraordinaria gravedad y generadoras de un intenso peligro. Por últo, también se ofrece como una opción en los delitos conducción temeraria y siempre en las carreteras ilegales.

 

Seguiremos Informando…

 

 

NOTICIAS RELACIONADAS:

      ¿En qué circunstancias se podrá decomisar el vehículo?

      Se generalizan los controles de drogas, que ya cuentan con fundamento jurídico

      Os mostramos las novedades de la Reforma del Código Penal en materia de Tráfico

NOTICIAS RELACIONADAS

Relacionados Posts

Premiados de la XX edición de 'Los mejores de PR'

Noticias recientes

Newsletter
Logo prnoticias

Suscríbete a nuestro newsletter!

Recibirás nuestro boletín de noticias y contenido exclusivo.