ACTUALIZADO A LAS 16.15 H. El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado las plataformas ciudadanas Moviento140 y Dvuelta contra el límite de velocidad de 110 km/h en las carreteras aprobado el Consejo de Ministros el pasado vies.
Según estas plataformas, la Ley de Tráfico establece que ‘los únicos criterios que el Gobierno puede tener en cuenta para efectuar cambios en los límites de velocidad están relacionados con la Seguridad Vial. Por ello, consideran que el Real Decreto ‘es contrario’ a esta legislación. ‘El ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad, a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contienen”, señalan. Ante esto, reclaman ‘la suspensión urgente de la aplicación de la norma’.
Por otra parte, consideran que la norma ‘modifica además la tipificación de delitos contra la seguridad del tráfico, sin tener en cuenta el bien jurídico protegido’ y que la rebaja del límite de velocidad ‘resulta totalmente antijurídica’ puesto que no guarda relación con el bien jurídico a proteger, que es la seguridad vial, la evitación de los accidentes, y las consecuencias de éstos’.
Ambas plataformas señalan que el Gobierno podría haberse acogido a la Ley del Sector de Hidrocarburos y haber invocado el estado de ‘escasez de suministro petrolífero’ y, de esta forma, la modificación habría sido legal.
Por todo ello, Dvuelta aconseja recurrir todas las sanciones puestas sobrepasar el límite de 110. Moviento140, su parte, ha convocado una manifestación para el próxo domingo 13 de marzo en la madrileña Puerta del Sol para protestar esta situación junto a los ciudadanos que se unan. Además, hasta el momento han recogido 32.000 firmas contra esta medida y 190.000 de apoyo a los 140 km/h en autovías y autopistas.
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