Las enfermeras de la sanidad pública andaluza podrán indicar medicamentos que no estén sujetos a prescripción médica y autorizar su dispensación para sus pacientes y podrán, además colaborar con médicos y odontólogos en programas de seguiento protocolizado de determinados tratamientos farmacológicos a parte de indicar y prescribir los productos sanitarios a los pacientes.
Así lo establece el proyecto de decreto de la Consejería de Salud de Andalucía sobre esta materia, que da así respuesta a una reivindicación histórica de este colectivo profesional y confirma los temores de algunos sectores médicos, que defienden la prescripción de medicamentos como una competencia exclusiva de los galenos.
Así las cosas, y a la espera de que el citado decreto entre en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la realidad es que unas 30.000 enfermeras que ejercen en la región andaluza podrán prescribir, aunque con litaciones.
Y es que, según se puede leer en el proyecto de decreto hecho público la consejería de Salud andaluza, ‘la atención sanitaria integral supone la cooperación multidisciplinar, la integración de los procesos y la continuidad asistencial y evita el fraccionamiento y la sple superposición entre procesos asistenciales atendidos distintos titulados o especialistas', de ahí que Andalucía haya sido la prera Comunidad autónoma en dar este paso.
Pero aunque el documento pone de manifiesto que el colectivo enfermero podrá recetar, lo cierto es que estas prescripciones se harán con litaciones (aunque su criterio habrá de tenerse en cuenta en un amplio abanico de situaciones clínicas y contarán con respaldo legal explícito para manejar medicamentos).
La propuesta andaluza va más allá, según se puede leer en una noticia publicada en el Diario de Sevilla, ya que, como se señala en el rotativo, ‘la Ley del Medicamento de 2006 deja entreabierta esta opción [la de la prescripción], pero no la autoriza expresamente'. Sin embargo, el espíritu del texto que ha visto la luz en Andalucía adopta esta disposición ‘desde el reconociento de que el ejercicio de la práctica profesional de enfermeras y enfermeros, en sus distintas modalidades de cuidados generales o especializados, plica necesariamente la utilización de medicamentos y productos sanitarios y, tanto, dado el interés que para el Sistema Sanitario Público de Andalucía tiene el que dicha utilización se produzca de forma ordenada, mediante los procedientos y requisitos necesarios para ello'.
La publicación de esta norma, cuyo proyecto aún no ha sido presentado al Gobierno autonómico, obligará a acelerar la modificación de esta ley en el Congreso, ya que es bastante probable que, detrás de Andalucía, presenten decretos semejantes otras comunidades autónomas como Cataluña.
En conclusión, el personal de Enfermería, cuya competencia clave es el área de los cuidados, podrá decidir, además, qué productos sanitarios relacionados con este ámbito debe usar un paciente, también con cargo al presupuesto. Asismo, los profesionales acreditados podrán colaborar en el seguiento de tratamientos individualizados, previamente instaurados los médicos, con capacidad de modificación, bajo protocolos.