La regulación de los procedientos de elaboración y certificación de fórmulas magistrales y preparados ya está vigente en las Oficinas de Farmacia de la Comunidad de Madrid.
Hasta ahora pocas Comunidades Autónomas contaban con una normativa que regulase la certificación de fórmulas magistrales y preparados en las farmacias; la Comunidad de Madrid, se ha querido sumar a éstas y ya cuenta con un decreto que regula esta normativa.
La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha creado un registro que almacenará las diferentes categorías de las Oficinas de Farmacia y los distintos niveles de las fórmulas magistrales.
El Vicepresidente y Portavoz de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, ha destacado que ‘el objetivo de esta normativa es establecer el procediento de autorización par la elaboración de fórmulas magistrales y preparados para terceros que puedan elaborar las farmacias‘.
Así mismo, el Vicepresidente ha querido explicar la diferencia entre la fórmula magistral y el preparado, ‘la magistral consiste en elaborar un producto farmacéutico específico para un paciente concreto; y el preparado oficinal se prepara para un conjunto de personas‘.
Para cualquiera de las fórmulas explicadas se necesita una certificación, eso ha sido necesaria la elaboración de este decreto que además de autorizar la elaboración de los productos, ha creado un registro para determinar cuáles son las farmacias que están capacitadas y sobre qué productos pueden ejercer esta facultad.