En la Tierra a sábado, diciembre 21, 2024

Nueva ley contra la piratería: ¿proteger al autor o cumplir con Obama?

El Consejo de Ministros ha aprobado este vies el proyecto de Ley de Propiedad Intelectural, una reforma con la que pretende potenciar la lucha contra la piratería en Intet, pero ante la que el propio ministro de Educación, Cultura y Dete, José Ignacio Wert, ha reconocido que no resolverá todos los problemas al respecto.

Ya hay quienes comentan que esta acción parte del Gobierno no es más que un ‘parche’ para evitar que Estados Unidos no incluya de nuevo a España en la lista negra de la piratería digital, un ranking que consiguió abandonar en 2012.

 

Según informa ‘El Confidencial’, el presidente de Estados Unidos, Barack Obama, habría mostrado a su homólogo español, Mariano Rajoy, su preocupación la piratería digital en España, anando al Ejecutivo a adoptar nuevas medidas legales para proteger la propiedad intelectual.

 

En concreto, la norma aboga resolver los aspectos ‘más urgentes’ y abre la vía civil para perseguir e investigar a quienes cometan infracciones. Así, Wert ha remarcado que se perseguirá no sólo a quienes alojen servicios y contenidos ilegales, sino también a aquellos que redirijan o faciliten el enlace a los alojadores de esos servicios o contenidos.

 

De igual forma, el titular de Cultura ha matizado que tanto los anunciantes como los intermediarios de pago podrán ser multados llegándose incluso a cerrar sus sitios. Además, ha puntualizado que los motores de búsqueda serán rastreados en caso de mostrarse enlaces prohibidos.

 

Para el Gobierno, el rápido desarrollo de las tecnologías de la información ha tenido un ‘tante pacto’ sobre los derechos de propiedad intelectual, de ahí que sea ‘fundamental’ esta ley para fortalecer los instrumentos de reacción frente a las vulneraciones de los derechos de los autores y creadores en Intet.

 

¿Qué significa esto? Pues bien, de esta forma el Ejecutivo permite a aquellos que vean dañados sus derechos la posibilidad de solicitar a un juez la identificación del titular de la página web en cuestión que esté difundiendo a gran escala los contenidos protegidos, ya sea de forma directa o indirecta.

 

Asismo, la modificación autoriza a la Comisión de la Propiedad Intelectual a actuar frente a las web que tengan como principal actividad facilitar de manera específica y masiva la localización de contenidos ofrecidos ilícitamente de forma notoria y la dota de ‘estrangular’ económicamente a las webs infractoras.

 

Entre otros cambios, incluye la posibilidad de requerir la colaboración de intermediarios de pago electrónico y de publicidad y contempla la posibilidad, cuando esté justificado, podrá pedir al juez de lo contenciosoadministrativo el bloqueo técnico de la web.

 

Respecto a las multas, la ‘nueva’ ley señala que en caso de incumpliento reiterado de los requerientos de retirada de contenidos ilícitos podrá poner sanciones económicas de entre 30.000 y 300.000 euros.

 

Seguiremos informando…


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