El turno le llegaba a un ex trabajador, que lo había sido como autónomo, pero que en realidad, y según ahora le reconoce el juez, estuvo trabajando en Kiss FM seis años haciendo las labores propias de un locutor con las obligaciones de horarios que eso conlleva.
Los juicios de Blas Herrero, y defecto de Kiss FM, se suceden día tras día aunque ellos insisten en recurrirlos para acabar perdiéndolos en todas las instancias hasta el momento. En este últo, la sentencia condena a Kiss FM a reconocer la antigüedad laboral del trabajador desde el mes de septiembre de 2006 hasta el 30 de agosto de 2013.
Las consecuencias de esta sentencia se traducen en que Kiss FM deberá poner al día todos los pagos de la Seguridad Social de dicho profesional, que se refleje en sus años cotizados, pagar la correspondiente multa al mismo organismo, y proceder a la devolución del te pagado el locutor en esos años. El pasado jueves se conocía la sentencia que, en un plazo de cinco días, que finalizarían mañana, podría ser recurrida Kiss FM.
La denuncia del locutor tenía su fundamento en el manteniento de una relación laboral continuada con la empresa, el cumpliendo de un horario laboral prefijado y la utilización rutinaria de sus instalaciones y ordenadores alegando, además, que, desde la dirección de Kiss FM, no se le quisieron reconocer, a la hora de pasar de autónomo a contrato laboral, sus años seis anteriores.
Un nuevo espaldarazo judicial para Blas Herrero que se viene a unir a los ya existentes, como el del despido procedente de su director general, Juan Cepeda, cuyo juicio perdía el pasado 5 de febrero encontrándose entre los consabidos recursos que habitualmente presenta Kiss FM.
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