En la Tierra a viernes, noviembre 22, 2024

TV3 y Catalunya Radio siguen emitiendo publicidad del referéndum: el CAC guarda silencio

En plena semana decisiva para conocer el desenlace de la aventura independista de Cataluña los medios públicos autonómicos siguen emitiendo el famoso, cuestionado y polémico anuncio del referéndum tanto en televisión (TV3) como en radio (Catalunya Radio). Y lo hacen a pesar de la notificación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que prohibía dicha publicidad. Según se ha confirmado el requerimiento también fue puesto en conocimiento de los directores de ambos medios.

Sin embargo, tanto Vicente Sanchís como Saúl Gordilla –director de TV y de Catalunya Radio, respectivamente- han decidido hacer caso omiso a la orden judicial, un hecho por el cual están siendo investigados ahora por la Fiscalía General del Estado. Ambos podrían ser acusados de delitos de desobediencia y prevaricación por seguir emitiendo la publicidad del referéndum ilegal del 1-O. El TSJC envió la notificación al Consejo de Administración de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales de la que dependen TV3 y Catalunya Radio.

El escrito también fue extensible a los directores de departamentos de comunicación o de medios como el diario ‘Ara’ que retiraron el anuncio tras el aviso del Tribunal. Lo mismo ocurrió con otras publicidades que fueron insertadas en un primer momento en la red de transporte del metro o de los autobuses interurbanos de Barcelona. Queda en manos de la Fiscalía General del Estado la decisión de considerar si los medios públicos catalanes y sus responsables han incurrido en los delitos de desobediencia y prevaricación, lo cual podría tener consecuencias en el corto plazo.

El CAC decide no abrir expediente (todavía) a TV3 y Catalunya Radio

Por su parte el Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) como órgano competente en este tipo de conflictos ha decidido no pronunciarse al respecto. El Pleno del CAC celebrado esta mañana ha aprobado que “dada la eventual vulneración de la prohibición derivada del principio non bis in ídem (prevalencia del orden jurisdiccional respecta al administrativo), abstenerse, en este momento, de incoar y tramitar procedimientos administrativos contra los prestadores que emitan contenidos relacionados con el proceso electoral en cuanto al referéndum convocado para el 1 de octubre de 2017, el Acuerdo se ha aprobado con 3 votos a favor, 3 en contra y el voto de calidad del presidente”.

De esta forma el organismo presidido por Roger Loppacher, se mantiene al margen del conflicto y de la posible vulneración que están cometiendo TV3 y Catalunya Radio. Sin embargo, el CAC muestra públicamente que es consciente de sus responsabilidades y agrega en un comunicado que “dadas las consideraciones anteriores sería conveniente que el Consejo, en este momento, evitara la incoación y posterior tramitación de un procedimiento administrativo contra los prestadores de servicios de comunicación audiovisual ubicados dentro de su ámbito competencial que, incumpliendo la advertencia y la apercibimiento efectuado por el TC, notificado por el TSJC, estuvieran emitiendo publicidad o propaganda en relación con el referéndum del 1 de octubre de 2017, dada la eventual vulneración de la prohibición derivada del principio non bis in ídem”.

Seguiremos Informando…

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