La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia expedienta a Mediaset por emitir mensajes publicitarios sin respetar la integridad de los programas en los que se insertan, ni de las unidades que los conforman, en tanto que la misma diligencia se ha iniciado contra Atresmedia por cometer dicha falta.En concreto, esta penalidad se refiere a interrupciones publicitarias en diferentes programas de los canales Divinity y Energy. Y, a las detectadas en los canales Neox, Nova y Mega todas ellas cometidas en los meses de agosto y septiembre de 2015.
El artículo 14 la Ley General de la Comunicación Audiovisual establece que las interrupciones publicitarias que se efectúen durante los programas deben respetar su integridad y la de las unidades que los conforman, de manera que no se perjudiquen los intereses de los telespectadores. La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.
Competencia dispone de seis meses para dictar una resolución sobre el tema contra esta decisión, que no ha generado ninguna multa, por el momento. Tanto el grupo de Fuencarral, como el de San Sebastián de los Reyes podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de quince días para presentar sus respectivas alegaciones.
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