En la Tierra a lunes, diciembre 23, 2024

#StopEstatutosMordaza: Enfermería obligará a aprobar un curso de ‘reeducación’

En un desesperado intento por detener la última incoherencia antidemocrática y anticonstitucional de Máximo González Jurado, presidente del Consejo de Enfermería de España, la plataforma Nueva Enfermería ha puesto en marcha la iniciativa #StopEstatutosMordaza. El objetivo de esta campaña es que la enfermería española conozca los límites a la libertad de expresión y al derecho de crítica al poder que pretenden aprobarse en el proyecto de nuevos estatutos de la Organización Colegial de Enfermería. #StopEstatutosMordaza surge de la reacción de los enfermeros ante esta privación de libertad de expresión que se ha manifestado también en el artículo 54 del Proyecto de Estatutos de Enfermería en el que se estableció que el presidente de Enfermería inhabilitará a todos los enfermeros que le critiquen en Twitter.

En estos nuevos estatutos, las faltas consideradas como ‘muy graves’ pasan de ser de ocho a veinticuatro. ‘El despropósito es tal que se incluye como sanción la realización obligatoria de un curso de cuarenta créditos para ‘reeducar’ al enfermero sancionado’, describe Nueva Enfermería en su blog. En el mismo post se hace hincapié en que este borrador sólo pretende asegurar a Máximo González Jurado ‘la perpetuación de un régimen presidencialista autocrático, incompatible con la voluntad de regeneración democrática imprescindible para que la Enfermería española deje de estar sumida en la irrelevancia’.

En este polémico artículo 54 no sólo se pretende amordazar a aquellos enfermeros que hagan uso de su derecho a la libertad de expresión o a la libre utilización de los medios de Comunicación y las redes sociales. Se limita también la actuación de los propios colegios provinciales reduciendo su capacidad para difundir información o para aportar ideas constructivas, y la capacidad de maniobra de las asociaciones enfermeras (artículo 49).

Los requisitos para ser candidatos a Presidente del Consejo de Enfermería se modifican en el artículo 63: ‘El Presidente del Consejo General será elegido entre cualquier colegiado con más de 15 años como colegiado […]. La acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en este apartado se llevará a cabo exclusivamente por medio de certificaciones emitidas por los Colegios provinciales, los Consejos Autonómicos o el Consejo General, según proceda’. Cualquiera puede deducir que este artículo responde a intereses de perpetuación en el poder de un representante que no se quiere exponer a volver a ser declarado por cuarta vez inelegible por el Tribunal Supremo.

Así las cosas, Nueva Enfermería ha tendido puentes con asociaciones de Enfermería y colectivos informales de enfermeras de base para difundir y divulgar el borrador, y exigir transparencia y participación en un proceso para el que no ha habido tiempo material para replica alguna. ‘La Carta Magna de la Profesión no puede ser sometida a un trámite meramente formal y limitado a élites y burocracias colegiales’, subrayan.

Seguiremos informando…

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