La CNMC ha decidido sancionar a Mediaset con 49.263 euros al haber superado en sus canales Telecinco, Cuatro y FDF los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
En concreto, el artículo 14.1 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural (‘Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj’).
Las infracciones -de carácter leve- detectadas en Telecinco, Cuatro y FDF tuvieron lugar en junio de 2014. Contra esta decisión, Mediaset podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.
Estamos ante la enésima multa del regulador a las privadas Mediaset y Telecinco por la manera en que gestionan su publicidad. Primero se atacaron los mensajes insertados en determinados programas, luego la pauta única publicitaria y ahora el límite de vulneración de publicidad. Las sanciones llegan además en momentos en que la publicidad en las cadenas vive su momento más dulce desde el comienzo de la crisis con tasas de crecimiento cercanas al 10% para Mediaset y Atresmedia en lo que va de año.
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