El Fiscal general del Estado ha instado a actuar en los casos de vulneración de los derechos del menor cometidos los medios de comunicación españoles, incluso en contra de la voluntad de los padres o del menor.
El Fiscal general del Estado ha instado a actuar en los casos de vulneración de los derechos del menor cometidos los medios de comunicación españoles, incluso en contra de la voluntad de los padres o del menor.
Respecto a menores hijos de famosos,
En el informe,
También insta a los fiscales a ser “especialmente rigurosos” en cuanto a la preservación de la identidad del menor cuando se refiera a delitos contra la libertad sexual. Agrega que tendrán que preservar “no sólo la identificación nombre y apellidos de las víctas menores y la captación de su agen, sino también valorar “la información sobre datos colaterales que sean aptos para facilitar su identificación”.
La instrucción enumera una serie de criterios generales a seguir respecto a la vulneración de los derechos de los menores en los medios de comunicación. En concreto, señala que “la difusión de la agen de un menor exige contar con el consentiento de éste o de sus representantes legales” y puntualiza que, aun contando con el permiso, “si la difusión puede considerarse contraria a sus intereses, la intromisión sería ilegíta”.
Se indica también que el Ministerio Público no tendrá que actuar ante la emisión de programas o la publicación de fotografías en los que aparezcan menores en actividades con densión públicas. Además, se insta a los fiscales a proteger los derechos de los menores hijos de famosos como los de cualquier otro menor. En este caso, señala que estas ágenes deben contar también con el consentiento de los representantes legales o del menor maduro.
Sin embargo, precisa que se podrán captar ágenes del menor con notoriedad pública durante un acto público o en lugares abiertos al público, siempre y cuando no esté acompañada de actos de acoso o seguiento lesivo para su intidad.
AGENCIAS










