En la Tierra a viernes, diciembre 12, 2025

El juzgado adopta medidas contra Federico

Prer revés para Federico Jénez Losantos. Una vez admitida a trámite la demanda presentada Vocento y ABC contra la cadena COPE y su locutor estrella, el juzgado de lo mercantil ha estado en parte la solicitud de adopción de medidas cautelares formulada desde el grupo vasco para que el periodista no pueda utilizar en su programa los epítetos proferidos contra Vocento, ABC y sus empleados. Como curiosidad, recordar que Federico, entre otras muchas cosas, fue colaborador de ABC entre 1987 y 1999.

El ilustríso magistrado juez Alberto Arribas Hernández ha atendido parcialmente a las peticiones presentadas el Grupo Vocento y el diario ABC contra Federico Jénez Losantos y la Cadena COPE los calificativos que viene esgriendo contra ambas empresas desde enero de 2006.

 

Así mismo, el juez ha considerado que ‘las expresiones utilizadas podrían considerarse innecesarias para la manifestación de las opiniones que desee exponer el Sr. Jénez Losantos con relación a los demandantes, recordando conforme a la doctrina constitucional que la libertad de expresión no comprende el derecho a insultar que ni éste es un derecho ni aquélla sería una libertad’.

 

Entre las expresiones presentadas como prueba los demandantes se encuentran algunas como ‘incompetente, lamentable, irresponsable, traidor, infecto, repugnante, falso, calumniador, basura, abyecto, ridículo, siniestro, falsarios, fariseo, vil, zote, avieso, crinal, es una banda, comete fechorías desvergonzadas, manipula, tiene columnistas paniaguados, es una estafa informativa, es una puñalada la españda a la opinión pública española y vocación manipuladora’.

 

Recordemos que Vocento SA. y Diario ABC, S.L., editora de ABC, interpusieron una demanda ante el juzgado de lo mercantil de Madrid, en ejercicio de acciones competencia desleal, contra Federico Jénez Losantos y Radio Popular de SA. Cadena de Ondas Populares (COPE) al entender que Federico Jénez, desde su programa La Mañana de COPE, pulsa desde hace meses una campaña dolosa de denigración contra ambas empresas, campaña que infringe la Ley de Competencia Desleal, lo que requieren del juez una condena a los demandados para que cesen en esa campaña e indemnicen a las entidades demandantes los daños y perjuicios ocasionados.

Conoce el  3245     de concesión de medidas cautelares

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