En la Tierra a viernes, diciembre 19, 2025

¿Quién es quíén en el comercio paralelo?

El Comercio Paralelo es un acto legal de un producto sujeto a la protección de derechos de propiedad intelectual, desde un mercado donde se ha puesto en circulación originariamente a otro mercado de destino haciendo uso de una cadena de distribución paralela a la originaria.

Es una forma de arbitraje comercial siempre que los costes de transacción sean bajos y sin intervención pública ya que, tradicionalmente, la negociación entre laboratorios y administraciones públicas ha dado lugar a precios diferentes en cada país (discrinación de precios), en función de la capacidad de una u otra parte negociadora a la hora de poner sus criterios en el proceso de fijación de éstos.

De este modo, no es muy arriesgado afirmar que en el sector farmacéutico las diferencias de precios que se observan en la práctica entre países de la Unión Europea tienen su origen en las políticas de intervención de precios de muchas administraciones públicas de los Estados miembros. Este es el origen de lo que se ha venido en llamar ‘comercio paralelo de medicamentos’.

Sin embargo, si no hubiese intervención pública la expansión del comercio debería generar una tendencia hacia un precio único de medicamentos (convergencia de precios) ente los mercados. Sin embargo, dado que la mayoría de países regulan el mercado de medicamentos, buena parte de las diferencias observadas son atribuibles a distinciones reguladoras, especialmente en el caso europeo.

Además de a las barreras comerciales, el desarrollo del comercio paralelo se debe a la mayor estandarización de los productos farmacéuticos entre países europeos que permite una fácil comparación y esto es el resultado de la armonización de las normas de registro, etiquetado, etc a las que obliga la Agencia Europea de Evaluación de medicamentos.

La desviación de producto del país de destino se produce en la cadena de distribución, el precio relevante es el precio de venta en farmacia, quizás sujeto a una menor transparencia que el precio de venta al público, debido a las diferencias reguladoras que pone cada país.

Según un estudio de la London School of Economics and Political Science ,(LSE), se pueden observar grandes diferencias de a quién beneficiaría la venta paralela de medicamentos dependiendo de la parte del Sector Farmacéutico plicado, pacientes, compradores públicos, industria farmacéutica, oficinas de farmacia e tadores paralelos.
Los principales beneficiarios del comercio paralelo en la UE no son los sistemas tracionales de salud o los ciudadanos de aquellos países tadores paralelos netos de medicamentos. Los principales beneficiarios son, en todos los casos, los tadores paralelos de medicamentos.

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