La Dirección General de Tráfico (DGT) no tiene competencias para sancionar infracciones ocurridas dentro del casco urbano, ya que son los propios ayuntamientos, a través de la Policía Local. A esa conclusión ha llegado el Juzgado de lo Contencioso administrativo de Madrid, que ha dado la razón a un ciudadano de Guadarrama, que recurrió su multa.
El tribunal ha especificado dos únicas excepciones a esta regla: o bien que en el municipio en cuestión no exista Policía Local o que el ayuntamiento haya suscrito un acuerdo con el Ministerio del Interior que carezca de medios para asumir dichas competencias.
En cualquier supuesto diferente de los anteriores,










