En la Tierra a viernes, noviembre 15, 2024

Llega el anteproyecto de Ley con cambios en las sanciones

Ya os los anunciábamos esta mañana desde prseguridad vial. Se avecinan cambios tantes en materia sancionadora en lo que se refiere a Tráfico. De hecho, la DGT acaba de difundir el anteproyecto de Ley el que se modifica el texto articulado sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y que ha sido aprobado el Consejo de Ministros. Como ya os anunciábamos se pondrá en marcha una Dirección Electrónica Vial para las personas jurídicas obligatoriamente y para el resto de conductores que se lo soliciten. La idea es hacer más ágil el proceso sancionador.  

Tal y como destaca el comunicado difundido la Dirección General de Tráfico (DGT), la plantación del carné puntos ha supuesto una disminución en la mortalidad de los conductores en la carretera de manera significativa. Actualmente, el procediento sancionador en materia de tráfico se rige, con carácter general, el procediento administrativo sancionador común, regulado la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procediento Administrativo Común. Sin embargo, se han destacado algunos problemas como el procediento excesivamente largo. Por este motivo se ha redactado el siguiente anteproyecto de Ley con una serie de variaciones que pasamos a enumerar. Este anteproyecto pasará a estudiarse en las Cortes.

Se tiene la posibilidad de terminar con el procediento sancionador de manera abreviada en un plazo de quince días, mediante el pago voluntario de la sanción con una reducción de un 40% de la multa. Se trata de un 10% que la reducción actual de pago voluntario que es del 30%. Igualmente se reduciría en ese centaje el tiempo de suspensión del permiso de conducción. En caso de que el infractor no pague ni realice alegaciones se tendrá concluido en un mes y la sanción será firme.

En lo que se refiere al sistema de notificaciones, ahora bastará con una única notificación en lugar de tres. De hecho, se creará la Dirección Electrónica Vial (DEV), que se asignará obligatoriamente la DGT a todas las personas jurídicas que sean titulares de un vehículo, así como a las personas físicas que pueden solicitarlo voluntariamente. Igualmente se incluye el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, en donde se publicarán las notificaciones que no puedan hacerse en la DEV o en el domicilio físico y que va a sustituir a la obligada publicación en el tablón de edictor del Ayuntamiento, del BOE, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia.

Igualmente se asignará a una persona, previo consentiento, como conductor habitual del mismo, en lugar del conductor titular, sobre quien recaerá la responsabilidad de identificar al conductor. Además, se fijan las cuantías en cantidades exactas de 100 euros para las infracciones leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves, que podrán incrementarse el órgano competente para sancionar hasta en un 30 % la existencia de circunstancias adicionales como el peligro potencial creado.

Según el comunicado emitido la DGT, se revisa el cuadro de las sanciones sin que, en general, se haya incrementado la cuantía de las multas. Se elinan algunas, como la suspensión del permiso de conducción para  las graves, manteniéndose sólo para las muy graves en dos meses (actualmente entre uno y tres meses), y se incluyen otras como la suspensión del permiso de circulación si no se  identifica al conductor del vehículo con el que se ha cometido una infracción, o, para los extranjeros no residentes en España que cometan infracciones en el territorio español, la prohibición de utilizar el vehículo durante un mes, además de anotar la pérdida  de puntos, terminando así con la sensación de punidad de éstos en nuestro país.

Por otro lado, se ha estado que la puesta en marcha de esta Ley puede ascender a seis mil euros que van a ser financiados los presupuestos ordinarios de la Dirección General de Tráfico. Se prevé así cobrar el 100% de las multas.

Seguiremos Informando…

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