En la Tierra a viernes, 17 mayo, 2024

Los medios, sin sondeos electorales

La Asociación Nacional de Empresas de Investigación de Mercados y Opinión Pública reitera su petición de reformar la Ley Electoral vigente, que pide a los medios publicar encuestas electorales durante los cinco días previos a las votaciones.

 

Según el artículo 69 de la Ley Electoral que data de 1985, los medios de comunicación españoles no podrán difundir los resultados de los sondeos realizados con motivo de las elecciones gallegas y vascas. Dicho artículo, que también obliga a acompañar todos los resultados con una ficha técnica del sondeo, ‘ha quedado obsoleto', según Lluís FatjóVilas, presidente de ANEIMO: ‘discrina un lado a los medios españoles y otro a los ciudadanos que no pueden hacerse eco de estos datos a través de Intet'.

La patronal considera que esta ley supone una grave restricción a la libertad de difundir información parte de las empresas de sondeos y medios de comunicación españoles que juegan en clara desventaja con los medios extranjeros. Esto iría en contra también del derecho de los ciudadanos de recibir libremente la información. Dada esta situación, ANEIMO propone elinar el apartado 7 del artículo 69 de la vigente Ley Electoral.

Por otro lado, al no estar sometidos a la ley española, estos resultados publicados en otros países, podrían no ir debidamente acompañados de la necesaria información que debe exigirse a todo sondeo, reduciéndose así sus garantías de validez. Esta práctica facilita además la difusión de opiniones o noticias interesadas basadas en supuestos datos de sondeos no contrastables.

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